Te compartimos los gastos en
los que puedes pedir factura y deducir el impuesto de tu declaración anual, toma en cuenta que aunque la lista es larga, existen limitaciones para cada una.
Conceptos
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Descripción
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Monto máximo a deducir (Topes)
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Administradoras de fondos para
el retiro
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Toda cantidad aportada a cuentas para el retiro como, Afore, así como las efectuadas a la subcuenta de aportaciones voluntarias.
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La cantidad deducida será no mayor al 10 %
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Colegiaturas
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Pagos por servicios educativos.
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· Preescolar: $ 14,200
· Primaria: $12,900
· Secundaria: $19,900
· Profesional técnico: $17,100
· Bachillerato o su equivalente: $24,500
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Créditos hipotecarios
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Intereses por créditos hipotecarios destinados a casa habitación o contratados con el sistema financiero, como Infonavit o Fovissste.
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El crédito no debe exceder setecientas cincuenta mil unidades de inversión.
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Donaciones
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Montos cedidos a instituciones autorizadas, siempre y cuando no sean onerosos ni remunerativos.
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No debe exceder el 7% de los ingresos.
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Gastos funerarios
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Servicios funerarios
efectuados a:
· El contribuyente
· Su cónyugue
· Concubino/a
· Padres
· Abuelos
· Hijos
· Nietos
·
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No debe exceder el salario mínimo,
elevado al año.
Además, los gastos hechos a futuro serán deducibles en el año en el que se utilice el servicio.
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Gastos médicos
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Servicios médicos
efectuados por:
· Dentista, tratamientos y consultas
· Gastos hospitalarios
· Medicinas incluidas en facturas de hospitales
· Análisis clínicos, estudios de laboratorio
· Compra o alquiler de aparatos para rehabilitación
· Honorarios a enfermeras
· Compra de prótesis
· Compra de lentes ópticos graduados para corregir defectos visuales
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El pago debe hacerse con transferencia electrónica, tarjeta de crédito o débito o cheques nominativos del contribuyente.
En el caso de los lentes ópticos graduados, el monto máximo es de $2,500,00 y el comprobante debe contener la siguiente información:
· Descripción de las características de dichos lentes.
· Diagnóstico de oftalmólogo u optometrista.
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Impuestos locales
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Concierne a los impuestos establecidos por un Estado o la Ciudad de México, los cuales sean pagados sobre ingresos por salarios y en general por la prestación de un servicio personal subordinado.
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La tasa de impuesto no debe exceder el 5%.
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Primas por seguros
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Servicios médicos, ya sea complementarios o independientes de los servicios de salud proporcionados por las instituciones públicas de seguridad social.
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Los beneficiarios
deben ser:
· El contribuyente
· Su cónyugue
· Concubino/a
· Ascendentes o descendentes en línea recta
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Transporte escolar
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Servicios de transporte obligatorio o incluido en la colegiatura para hijos o nietos.
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El pago debe hacerse con transferencia electrónica, tarjeta de crédito o débito o cheques nominativos del contribuyente.
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En cuanto a los montos de las deducciones, la cantidad
debe ser menor a cuatro salarios mínimos anuales, es decir, $102,346.00 pesos.
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