¿Cómo cancelar una factura versión 3.3?


Para cancelar una factura electrónica cuentas con dos nuevas modalidades.

Mantente al tanto de los detalles que se publiquen
con respecto a la cancelación de la nueva factura electrónica.
La manera de cancelar un CFDI es otra de las aplicaciones que sufrirán modificaciones al entrar en vigencia los nuevos esquemas de la factura electrónica.
Aunque el CFDI 3.3 será de uso obligatorio a partir del 1 de diciembre del 2017, el nuevo esquema de cancelación comenzará a efectuarse hasta el 1 de enero del 2018.
A partir de entonces, el emisor debe solicitar al receptor su autorización para cancelar una factura electrónica, sin ello, no se podrá llevar a cabo dicha operación.

Con ello, los contribuyentes contarán con dos modalidades para cancelar un Comprobante Fiscal Digital por Internet:

De uno a uno
  1. El emisor envía una solicitud al receptor a través del Buzón Tributario.
  2. El receptor emite una respuesta a la petición y la envía a través del Buzón Tributario.

Masiva
  1. El emisor envía una solicitud al receptor a través de los sistemas de un Proveedor Autorizado. 
  2. El receptor emite una respuesta a la petición y la envía a través de los sistemas de un Proveedor Autorizado.

Recuerda que la finalidad de esta implementación evitar las cancelaciones indebidas y respaldar las acciones que realiza el receptor con un Comprobante.
Si bien es cierto que el SAT cuenta con procesos ya definidos, hace falta especificar algunos parámetros, por ello seguiremos documentando la información que llegue a nuestras manos para mantenerte actualizado.

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