Claves del Régimen Fiscal de Asalariados

Trabajas para un patrón, este es un régimen para ti.
Al generar un ingreso es indispensable que informemos ante autoridad fiscal la proveniencia del mismo, y de igual forma realizar el pago tributario que de él devenga.

¿Quiénes pueden inscribirse?

 Si percibes salarios o prestaciones derivadas de un trabajo personal subordinado a la disposición de un trabajador, en el que se incluyen las utilidades y las indemnizaciones por separación de un empleo.

En este régimen se consideran como salarios otros ingresos como:

·         Funcionarios y trabajadores de la Federación, Entidades Federativas y de los Municipios.
·         Miembros de las fuerzas armadas.
·         Rendimientos y anticipos a miembros de sociedades cooperativas de producción.
·         Anticipos a miembros de sociedades y asociaciones civiles.
·         Honorarios a personas que presten servicios a un prestatario en sus instalaciones.
·         Los comisionistas o comerciantes que trabajan para empresas personas físicas o personas morales.

¿Cuáles son tus obligaciones?

Debes solicitar factura por las compras que realices para que puedas incluirlas como gastos en tus declaraciones anuales, entre los que puedes incluir:

·         Gastos médicos, dentales, de enfermeras y gastos hospitalarios, incluido el alquiler o compra de aparatos para rehabilitación, prótesis, análisis y estudios clínicos.
·         Lentes ópticos graduados hasta por 2,500 pesos.
·         Gastos funerarios.
·         Pagos por primas de seguro de gastos médicos.

·         Los intereses reales, efectivamente pagados en el ejercicio, por créditos hipotecarios para tu casa habitación.

·         Donativos.
·         Transporte escolar obligatorio.
·         Aportaciones voluntarias al fondo de retiro.
·         Impuestos locales por salarios.
·         Colegiaturas (preescolar a preparatoria).

Estás obligado a presentar la declaración anual si:

·         De dos o más patrones de manera simultánea, o dejaste de prestar tus servicios antes del 31 de diciembre.
·         De empleadores no obligados a hacer retenciones, como es el caso organismos internacionales.
·         Ingresos mayores a 400,000 pesos.

Al incorporarte a al Régimen Fiscal para asalariados, obtendrás una contraseña, la cual te permitirá acceder a servicios electrónicos y tu e.firma, la cual es el archivo digital que te identifica tal cual lo hace tu firma autógrafa.

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