Entra a territorio nacional con tu vehículo particular. |
El ingreso de un
vehículo al territorio nacional a través de la frontera norte, es considerado
por la autoridad fiscal como el ingreso de una mercancía e informarlo es un
requerimiento oficial.
A través del permiso de
importación temporal, dichos vehículos pueden ser utilizados para uso
particular en territorio nacional, siempre y cuando se garantice su permanencia
por tiempo limitado.
¿Quiénes
pueden realizar el trámite?
Puede ser solicitado por
los residentes, personas físicas y morales, de la franja o región fronteriza al
norte del país que sean propietarios de vehículos usados que hayan sido
importados definitivamente a territorio extranjero:
·
Que acrediten encontrarse laborando en el
extranjero por más de un año
·
Con la condición de estancia de
visitantes, residentes temporales y residentes temporales estudiantes.
¿Dónde
se realiza el trámite?
El contribuyente debe
acudir a uno de los Módulos de control de Importación e Interpretación Temporal
de Vehículos que se encuentran en las aduanas fronterizas norte del territorio
nacional.
El precio a pagar por
este trámite es de $400.00 mxn que deben ser cubiertos a favor de Banjercito a través
de una tarjeta de crédito o débito.
Condiciones
de la estancia
El tiempo permitido de
estancia temporal para un vehículo, depende de las características fiscales del
solicitante, las cuales definimos a continuación:
Condición
de estancia migratoria
|
Vigencia
|
Visitante sin
permiso para realizar actividades remuneradas
|
Hasta por 180
días
|
Visitante con
permiso para realizar actividades remuneradas
|
Hasta por 180 días
|
Visitante
regional
|
Hasta por 5
años
|
Residente
Temporal
|
Hasta por 4 años
|
Residente
Temporal Estudiante
|
Por el tiempo
que duren sus estudios
|
FMM para
canje con visa de Residente Temporal/Residente Temporal Estudiante
|
30 días
|
Trabajador
Fronterizo
|
1 año
|
Los
requisitos
Para presentar la
solicitud, los usuarios deberán acreditar:
·
Contar con residencia en la franja
fronteriza norte
·
Comprobar identidad
·
La propiedad del vehículo
·
Que el vehículo se encuentra importado en
forma definitiva
·
Declaración de reconocimiento de embargo
Para la autoridad
fiscal, la franja fronteriza norte se compone del territorio entre la línea
divisoria internacional del norte del país, es decir, el tramo comprendido
entre el límite de la región parcial del Estado de Sonora y Golfo de México.
Restricciones
Por sus condiciones, algunos
vehículos no pueden ser importados de forma temporal, por ejemplo:
a)
Vehículos con capacidad de carga máxima
de hasta tres y media toneladas de peso.
b) Vehículos reportados como robados, siniestrados,
restringidos o prohibidos para su circulación en los Estados Unidos de América
o Canadá.
c) Vehículos
con títulos de propiedad que ostenten la leyenda “Exportación”, excepto cuando
se trate de vehículos propiedad de centroamericanos y sudamericanos con
identidad acreditada.
Los vehículos que se
encuentran en estado de importación temporal pueden ser conducidos por
mexicanos residentes en el extranjero o extranjeros de estancia de visitantes,
sus hijos, padres o hermanos.
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