Así es como el SAT presenta el nuevo esquema de cancelación del CFDI 3.3 |
Con
la entrada en vigor del nuevo proceso de cancelación tan cerca, consideramos que
la siguiente información sería de especial relevancia para ti.
A
partir del próximo 1 de julio del 2018, los contribuyentes deberán implementar un
esquema de cancelación que pretende proteger a los receptores y a su vez
disminuir la cancelación de facturas electrónicas.
A
raíz de esto, el Servicio de Administración Tributaria hizo llegar un
comunicado a todos los proveedores de certificación en el que se resaltan 3
claves que indicarán cuando una factura pueda ser cancelada o no.
De
acuerdo con la información proporcionada por el SAT, los tres estados de
cancelación que pueden ser aplicados a los comprobantes fiscales son:
· No
Cancelable: el emisor realizó la solicitud, sin
embargo, el receptor no acepto la cancelación, por lo tanto el servicio no
permite que el CFDI se cancele.
· Cancelable
sin Aceptación: el CFDI puede ser cancelado debido
a que el receptor excedió las 72 horas de respuesta para aceptar o rechazar la
solicitud de cancelación. Una vez cancelado el estatus del comprobante cambiará
a: Cancelado sin aceptación.
· Cancelable
con Aceptación: El emisor solicitó la cancelación y
el receptor acepto la cancelación, por lo que el estatus de cancelación cambiará
a: En proceso.
Es
muy importante que antes de cancelar cualquier comprobante o factura
electrónica antes consultes al receptor a través del Buzón Tributario.
Muy
pronto daremos a conocer más detalles sobre el nuevo esquema de cancelación,
para recibirlos suscríbete a nuestro newsletter.
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