La Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (Prodecon) y el Servicio de Administración Tributaria (SAT) darán a conocer nuevas reglas para flexibilizar la devolución del Impuesto al Valor Agregado (IVA).
Actualmente el Artículo 22 del Código Fiscal de la Federación establece que cualquier contribuyente, tanto persona fisica como moral, que tribute el impuesto sobre el valor añadido (IVA) puede solicitar la devolución del mismo cuando a lo largo del año haya pagado más IVA del que ha recibido.
El plazo para que se efectúe la devolución son los cinco años siguientes a la fecha en que se haya determinado. Al realizar el trámite se le entrega un acuse de recibo de Solicitud de Devolución de Impuestos Federales. Para saber cuáles son los requisitos se
Normalmente, la devolución se pide con la última declaración de IVA y Hacienda procede a realizar una liquidación provisional por medio de una transferencia bancaria. Este tipo de devolución lo piden, por ejemplo, las empresas exportadoras que trabajan sin IVA.
Los saldos a favor se otorgan cuando el fisco adquiere una calidad de deudor y el contribuyente se convierte en acreedor; pueden ser originados por diversos motivos: pagos provisionales excesivos, cuando al contribuyente le trasladan un IVA superior al que el trasladó, etc. En estos casos, las autoridades devuelven las cantidades pagadas indebidamente y las que procedan conforme a las leyes fiscales.
Diana Bernal, titular de la Prodecon, anunció que los procesos para la devolución del IVA serán modificados dando mayor oportunidad de plazos cuando el contribuyente realice su declaración. Asimismo, mencionó que la Prodecon tiene temas muy puntuales que resolver que competen al sector empresarial:
1. Deducción parcial de las prestaciones salariales, actualmente los empleadores no pueden deducir al 100% lo que se paga al trabajador.
2. Deducción inmediata en inversiones, por las reformas hechas en el último sexenio se esperan inversiones importantes para las cuales podría convenir volver a instalar ese tipo de medidas, argumentó.
3. Se está trabajando para que contabilidad electrónica entre en vigor a partir de enero de 2015 , aunque podría tener una prórroga hasta que el desarrollo de los sistemas para hacer este tipo de contabilidad en línea sea el óptimo.
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