¿Quiénes deben usar la versión 1.1 de Comercio Exterior?







Pese a que la obligación para usar la nueva versión 1.1 entro en vigencia este 1 de marzo, la autoridad permitió su convivencia en ambiente productivo con la 1.0 durante el periodo de marzo a diciembre.


Sin embargo, de acuerdo con la autoridad esto será posible bajo ciertas condiciones, por ejemplo, pueden hacer uso de las versiones 1.0 o 1.1 aquellos contribuyentes que…




1.0
·         NO hayan tenido dificultades en temas como:
 
- Operaciones fraccionadas, es decir, mercancías que tienen varias fracciones arancelarias.
 
-Operaciones en las que la fracción arancelaría no se encontraba contenida en los catálogos
 
·         Incluyan en el CFDI la descripción y valor mercantil de la enajenación de mercancías en definitiva con la clave A1 que son objeto de enajenación a título gratuito.
 
·         Hayan presentado problemas usando la versión 1.0.
 
·         Están iniciando el uso de la versión 1.0.
 
·         Se encuentran en proceso de ajuste a sus sistemas informáticos.
 
·         Manejen exportaciones de mercancías en definitiva con la clave A1 que son objeto de enajenación a título gratuito, con las siguientes características:
 
- Se incluya en el complemento el nodo Propietario y el campo MotivodeTraslado, en este caso clasificar el CFDI de tipo Ingreso.
 
- El nodo Propietario y el campo MotivodeTraslado vayan en el mismo CFDI clasificado como tipo Ingreso.
 
·         Manejen exportaciones de mercancías en definitiva con la clave A1 que son objeto de enajenación.
·         Si en el mismo caso la enajenación se realiza a título gratuito y se hace conforme a los puntos anteriores.

 
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