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¿Tu proveedor está en la Lista Negra del SAT? ¡Averígualo y evita problemas fiscales!

 

Quizá no todos recordemos que con la Reforma Fiscal de 2014 se facultó a la autoridad, es decir a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para publicar el nombre, denominación o razón social y la clave de Registro Federal de Contribuyentes de aquellos sujetos que cuentan con irregularidades en su situación fiscal.

De esa manera surgieron las denominadas “Listas Negras del SAT” en donde a través de un estatus (definitivo, desvirtuado, presunto o sentencia favorable) se hace pública la información de un contribuyente, relacionándolo con irregularidades en su situación fiscal pues se presume realizó operaciones inexistentes.

Pero vamos paso a paso. Comencemos por puntualizar que para la emisión de un CFDI existe un acuerdo en el que hay un consentimiento entre las partes con validez fiscal y legal, tanto del que emite, como del que recibe el producto o servicio, es decir, lo deduce. Sin embargo, hay ocasiones en las que la autoridad detecta irregularidades, mismas que se mencionan el artículo 69 del CFF:

  • Contribuyentes con domicilio fiscal no localizados.
  • Aquellos que cuentan con créditos fiscales firmes.
  • Los que tienen créditos exigibles, no pagados o garantizados.
  • A quienes se les haya cancelado créditos fiscales.
  • Contribuyentes con créditos condonados.
  • Que haya recaído sobre ellos sentencia condenatoria ejecutoria por la comisión de un delito fiscal.

 

Ante estas irregularidades, se presume que estos contribuyentes realizan operaciones inexistentes amparadas en comprobantes fiscales sin contar con los activos, personal, infraestructura o capacidad material para prestar los servicios o producir, comercializar o entregar los bienes que amparan tales comprobantes, o bien, que dichos contribuyentes se encuentren no localizados, tal como lo menciona el artículo 69B.

 

De esta manera, la llamada “Lista Negra” se actualiza de manera trimestral con base en la regla 1.3 de la RMF y al artículo 69B CFF. Por eso, es recomendable contar con una solución que permita consultar, descargar, comparar e incluso graficar la información fiscal de las empresas con la finalidad de prevenir convertirse en una EDO (Empresas que Deducen Operaciones Simuladas sin recibir el producto o servicio) o en una EFO (Empresas Facturadoras de Operaciones Simuladas).

 

Por ejemplo, la empresa Facturaxion cuenta con una solución Verifica-T que permite a los usuarios ver y analizar el comportamiento fiscal de sus empresas, así como la relación con otros contribuyentes. Así, si alguno de tus proveedores no te parece confiable podrás saber si cumple con sus obligaciones fiscales.

 

Verifica-T cuenta con una bóveda fiscal que permite descarga masiva de CFDI´S, validación de éstos en su carácter de emitidos, recibidos, vigentes o cancelados. Aunado a ello, permite generar reportes y concilicaciones de CFDI´s históricos, así como la integración de la información del ERP y la carga de información histórica desde otras fuentes a la bóveda. De este modo, es posible tener un mapa estratégico de las relaciones comerciales de la empresa.

 

Por otra parte, Verifica-T también tiene la posibilidad de consultar la Lista Negra del SAT por RFC e incluso identificar el estatus de los complementos de pago. Algo que es sumamente interesante es que el usuario puede recibir por correo electrónico notificaciones cuando alguno de los RFC asociados a su cuenta entra en la Lista Negra.

 

Finalmente, también es posible con esta solución visualizar gráficamente la información registrada por el usuario y confrontarla con la que tiene registrada el SAT.  Sin duda, es una herramienta muy eficiente en la gestión fiscal para las empresas.

Publicadas por Facturación Electrónica

¿Tu proveedor está en la Lista Negra del SAT? ¡Averígualo y evita problemas fiscales!

¡Prepárate! El SAT podría auditarte electrónicamente

Nos encontramos frente a la Era Digital regida por el uso de las Tecnologías de la Información (TI´s), en ella, cada vez más el flujo de información y el intercambio de datos es una práctica común. El Servicio de Atención Tributaria (SAT) no es la excepción, prueba de ello es su portal que se ha convertido en el principal medio de comunicación con los contribuyentes. 



Sin embargo, desde la Reforma Fiscal de 2014 el organismo cuenta con la posibilidad de hacer revisiones electrónicas de la información que entregan los contribuyentes, aunque fue hasta el ejercicio fiscal 2016 que comenzó a realizarlas. Así, el SAT ejerce sus facultades de comprobación mediante visitas domiciliarias, revisiones de gabinete y auditorías electrónicas, aunque en el caso de estas últimas no llevan consigo un requerimiento de la autoridad para su cumplimiento.

Por lo anterior, es de suma importancia que los contribuyentes cotejen sus operaciones y documenten la información proporcionada mediante la contabilidad electrónica, pues debe coincidir con la documentación soporte. Lo anterior debido a que la autoridad realizará un cruce de información, también de manera digital, donde podrá encontrar omisión de pagos, ingresos omitidos, determinación incorrecta, cálculo de retenciones y proveedores de riesgo, además de diferencias con el Registro Patronal del IMSS, deducciones o acreditamientos indebidos y operaciones atípicas.

En días recientes, el SAT dio a conocer que recaudó 44 mil 543.4 millones de pesos por auditorías durante el primer trimestre de 2019, 33% más en el 2018, cifra récord para el gobierno federal. Parte de esta recaudación proviene de 10 mil 485 actos terminados por revisión que podrían emanar de auditorías electrónicas.

Por lo tanto, es recomendable que el contribuyente esté pendiente de las notificaciones en el correo electrónico que validó ante la autoridad, a fin de que pueda revisar el Buzón Tributario y enterarse en tiempo y forma de cualquier observación que emane de una auditoría electrónica.

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¡Prepárate! El SAT podría auditarte electrónicamente

Cambios fiscales propuestos por AMLO

Estos serán los cambios en impuestos
propuestos por el nuevo gobierno.

Desde antes de iniciar el sexenio, el futuro gobierno de Andrés Manuel López Obrador, ya ha dado detalles de los planes con respecto a la reforma fiscal que espera a los contribuyentes.

Entre esos adelantos, podemos encontrar:

Eliminar el IEPS

En materia de telecomunicaciones, se planea eliminar el Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, lo que para los usuarios podría significar una reducción de hasta el 3% en los precios de servicios de internet, entre otros, afirmó Abel Hibert, asesor económico de AMLO.

Para el experto, este cambio se verá reflejado antes de la presentación del presupuesto federal del 2019, es decir, antes del 15 de diciembre, por lo que los usuarios podrían ver los efectos con el año entrante.

No aumentar impuestos

Ni subir, ni crear nuevos impuestos, es otra de las propuestas incluidas en el plan económico del partido político Movimiento Regeneración Nacional, reto que le ha sido augurado al próximo secretario de hacienda, Carlos Manuel Urzúa.

Esta propuesta ha sido de las más criticadas por los especialistas, pues de acuerdo con ellos, no hay forma de mantener la economía nacional sin el ingreso al erario proveniente de los contribuyentes.

Modificaciones al ISR

Es posible que durante el próximo sexenio se realice un ajuste a las tasas del Impuesto sobre la Renta que recaiga sobre las personas físicas y morales, lo que podría mejorar los ingresos a los trabajadores, alentaría la inversión y ayudaría a combatir la economía informal.

De acuerdo con Manuel Baltazar Mancilla, socio director de México fiscal, este objetivo se puede lograr implementando una reforma que equilibre impuestos como el ISR, IVA e IEPS.

Generalizar el IVA

En cuanto al Impuesto al Valor Agregado, el experto afirmó que se debe mejorar el sistema de recaudación, con lo que se evitarían perdidas y se aumentarían los ingresos.

Esta medida implica, cobrar impuestos a quienes no realizan su contribución por el momento y otorgar estímulos fiscales de acuerdo a la evaluación de las necesidades, afirmó Herbert Bittinger, especialista fiscal.

FUENTE: El Economista

Sean cuales sean los cambios por venir, cuenta con Facturaxion en la Nube para seguir cumpliendo con tus obligaciones fiscales de forma administrada, rápida y con la mejor tecnología.

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Cambios fiscales propuestos por AMLO

México necesita reducir ISR al 25%


Reducir el ISR en México, proponen contadores del IMPC.
Para colocar a México en un lugar competitivo y atractivo para realizar inversiones, es necesario reducir la tasa de interés del ISR, así como, la deducibilidad inmediata de las inversiones.

En respuesta a la reforma fiscal implementada este año por Estados Unidos, el país debe tomar cartas en materia de impuestos si se desea que las empresas proliferen, señaló José Besil, director del Instituto Mexicano de Contadores Públicos.

La propuesta presentada en la conferencia de prensa organizada por el IMPC, consiste en reducir de 30 al 25% la tasa del ISR, con lo que se pretende mejorar la imagen que tiene México de ser un país “caro” ante el 21% de la tasa de impuesto corporativa en EU.

Además, los contadores mencionaron realizar mejoras en la deducción inmediata de inversiones y activos nuevos, en la que, según ellos, a la Ley de ISR, se deben incluir aquellas inversiones en bienes inmuebles.

Para no resentir el impacto que podría generar la implementación de estas medidas, se propuso: mejorar la fiscalización, reducir la discrecionalidad, sumar a las auditorias los gastos e inversiones sobre todo en las entidades federativas.

De igual forma implementar el cobro del Impuesto al Valor Agregado a los estados y municipios, donde se enfocan la mayor parte de los ingresos tributarios.

Finalmente, los contadores afirmaron que se debe pensar en la implementación de estas medidas de forma gradual, con la finalidad de no generar cualquier índice de déficit fiscal.

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México necesita reducir ISR al 25%

Buscará SAT mantener impuestos en México

Por normas internacionales, las empresas mexicanas deben pagar
ISR en su país de origen.
El impacto de la reforma fiscal en Estados Unidos y sus efectos en la reducción de la tasa del ISR hará que el Servicio de Administración Tributaria vigile de cerca la evasión de impuestos en México.

El atractivo tributario que el gobierno norteamericano ofreció a las empresas que radican en aquel país, se convirtió en un atractivo para los inversionistas mexicanos, colocándolos en una disyuntiva.

De acuerdo con la entrevista que ofreció Osvaldo Santín, jefe del SAT al diario El Financiero, las empresas podrían buscar cambiar su domicilio fiscal y con ello evitar el pago de la tasa de ISR correspondiente a sus operaciones.

Sin embargo, el funcionario aclaró que los impuestos deben ser pagados en el país donde se genera la actividad económica, por lo que, la Administración Tributaria enfocará esfuerzos en el pago de impuestos en México.

Para lograrlo, Osvaldo Santín mencionó el plan de acción BEPS, Erosión de la base imponible y traslado de beneficios, el cual consiste en una serie de medidas desarrolladas por la OCDE para asegurar el pago de impuestos en el país donde se originan las actividades económicas.

Además, se fortalecerá la Unidad de Precios de Transferencia, sobre todo para grandes contribuyentes que se relacionen con distintas jurisdicciones internacionales entre las cuales se pueda dar el traslado de utilidades, dijo.


Cabe recordar que el plan fiscal impulsado por el presidente Donald Trump, consiste en una reducción significativa de la tasa corporativa del 35, a solo el 21 por ciento del ISR, misma entró en vigor el primer día del 2018, por lo que veremos sus efectos a corto plazo.

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Buscará SAT mantener impuestos en México

Efectos en México del plan fiscal de EU

Senado en EU, aprobó la reducción de ISR más grande de la historia.

El panorama podría complicarse para
la inversión extranjera.
Pese a lo imposible y lejano que sonaba, la reforma fiscal impulsada por el presidente estadounidense, Donald Trump, fue aprobada por el senado y continua avanzando para implementar un cambio en las empresas tanto mexicanas como las del país vecino.

Aunque la reforma fiscal aún tiene que ser votada por la Cámara de Representantes, hasta el momento todo pinta favorable para la propuesta que acortaría la tasa de impuestos corporativos de 35% al 20%, bajando 15 puntos.

Algunos economistas nacionales, afirman que en México, se tendrían que tomar importante medidas como reducir la tasa del Impuesto sobre la Renta hasta llegar al 20% o de lo contrario se estaría arriesgando la inversión extranjera de nuestro país.

No obstante, si México implementara una reforma fiscal similar a la norteamericana, en promedio se dejarían de recaudar alrededor de mil millones de pesos al año, afirmó Luis Foncerrada, director del Centro de Estudios Económicos del Sector Privado, en entrevista para El Financiero.

En contraste, debido al proyecto fiscal de EU, algunos países de América como Argentina han decidido tomar acciones con respecto a los impuestos que se cobran a empresas de aquel país,

Parece lógico que México adopte las mismas medidas que EU pero, podría resultar contra producente.

Otras repercusiones que se tendrían que considerar son:
  • Baja del impuesto corporativo 35% a 20%
  • Implementación del 20% de impuesto para el envío de dinero.
  • Caída del 7% en la Inversión Extranjera Directa


Tres grandes riesgos que México corre de ser aprobada una reforma fiscal de esta magnitud, dijo a Expansión Gabriela Siller, directora de Análisis Económico de este grupo financiero.

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Efectos en México del plan fiscal de EU

¿Quiénes deben usar el Complementos para Pagos?

A partir del 1 de julio las facturas pagadas en
parcialidades deberán contener el Complemento para Pagos.
Uno de los cambios a la facturación electrónica contemplados en la Reforma Fiscal 2017 es la implementación del Complementopara Pagos, cuya función es notificar la recepción de un pago abonado a la cantidad total de un CFDI.

Es así como, a partir del 1 de julio, las facturas electrónicas pagadas en parcialidades deberán contar con un CFDI por cada uno de los pagos realizados y en ellas incorporar el Complemento para Pagos.

Para ejemplificar el uso de este complemento la AMEXIPAC señala tres escenarios que se verán beneficiados al utilizarlo:

Anticipos

En este caso se pueden incluir todos los servicios o productos por los que se pague una cantidad previo a la entrega del mismo, como pueden ser:
  •  Todos aquellos por los que se genera un CFDI de Ingreso.
  • Montos previamente entregados para la producción de bienes y manufactura de piezas, donde el CFDI se genera una vez en existencia.
  • Donde ser requiera ingresar un CFDI para la aprobación de un pago previo a su depósito.

Un claro ejemplo son los anticipos a cuenta de un auto que reciben las agencias automotrices, este modelo es utilizado incluso por trámites de placas, verificación y otros servicios por ello son motivo para usar el Complemento de Pagos.

Pagos en el extranjero

Para los pagos y emisiones provenientes de clientes extranjeros se debe utilizar el complemento cuando:
  •          No se tenga la información bancaria foránea disponible.
  • ·      Los pagos sean por un monto diferente al valor del CFDI.

Factoraje

En el también llamado financiamiento de cuentas por cobrar, donde se realiza un anticipo monetario de las cuentas por cobrar de una empresa, el tercero o también llamado factor debe emitir un CFDI anexando el Complemento de Pago al cliente por el total de la factura original.


Analiza estas tres situaciones e identifica si eres el actor de alguna de ellas, en ese caso el Complemento de Pagos será tu aliado para identificar mejor cada uno de los montos abonados a tu favor a cambio de un servicio o producto.

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¿Quiénes deben usar el Complementos para Pagos?

Prevén nivel récord en ingresos tributarios

El Servicio de Administración Tributaria augura para el próximo año un incremento en los ingresos tributarios que logren superar no solo los del 2016 sino que además marquen un precedente histórico por el mayor nivel reportado.

Para el 2017, el SAT prevé situar un rango entre 2.5 y 2.7 billones de pesos, de ser así los ingresos tributarios superarían los 300 mil millones de pesos, quedando por arriba de lo aprobado para 2016, el cual alcanzó 2.4 billones de pesos.

Lo anterior es atribuido a las herramientas de fiscalización que el SAT ha ido implementado, por ejemplo, el Intercambio Automático de Información Fiscal y Financiera que permite al Gobierno mexicano obtener información de instituciones financieras de países extranjeros para prevenir el lavado de dinero, entre otras cosas.

Además, intervienen otros elementos como la baja en los ingresos petroleros, durante todo el año pasado y la Reforma Fiscal, aprobada a finales del 2013, motivos por los que el SAT ha debido evolucionar sus herramientas para fiscalizar, una condición que no cambiará en el futuro próximo, aseguran los especialistas.

Ya que de enero a julio los ingresos crecieron 12 por ciento real anual y los petroleros cayeron 33 por ciento, durante ese periodo los ingresos tributarios representaron el 60 por ciento de los ingresos totales, por arriba de los petroleros, con el 14 por ciento.

De esa forma, las recaudaciones por impuestos superaron lo que se tenía contemplado en el calendario de ingresos, al sumar un billón 625 mil millones de pesos, quedando 209 millones de pesos por arriba de lo previsto, según datos de la Secretaría de Hacienda.

Anteriormente México dependía de los recursos económicos generados por el petróleo, sin embargo, hay quienes afirman que con la Reforma Fiscal, la mayor parte de ingresos proviene del cobro de impuestos, práctica que predomina en la mayoría de los países.


Con información de El Financiero.

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Prevén nivel récord en ingresos tributarios

Factura electrónica y formalidad laboral en México

La informalidad laboral abarca el gran número de actividades que están catalogadas dentro del sector informal de la economía. Generalmente, este tipo de actividades no cumplen con ciertas características económicas y administrativas propias de una economía formal (por ejemplo, no utilizan tecnologías complejas ni formas avanzadas de producción, no tienen una división del trabajo establecida, no están constituidas jurídicamente como las empresas modernas, y tienen distintos tipos de relaciones laborales al mismo tiempo).

Uno de los objetivos que persigue el SAT con la reforma fiscal y la factura electrónica es formalizar los comercios que informales que no declaran impuestos. Actualmente hay opiniones divididas entre la población por las implicaciones que esto tendría.

Por un lado, el sector comercial que se mantiene bajo la informalidad sostiene que es la única solución que muchos encuentran frente a la situación de desempleo del país, que generan dinero de esta manera para sustenta a miles de familias. Sin embargo,  la informalidad es sinónimo de estancamiento; de dificultades para adquirir o renovar equipo de trabajo; significa NO contar con crédito, ni capacitación para su personal. Para los trabajadores, estar fuera de la formalidad reduce su estabilidad laboral; les impide capacitarse, para ser más productivos y ganar más; e incluso, pone en riesgo su futuro, al no permitirles ahorrar para el retiro.

La informalidad en el país está principalmente representada en el sector comercial, sin embargo, según los datos del Inegi, disminuye en comparación con la economía formal. En su primer estudio sobre "Medición de la economía informal 2003-2012", el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi) informó que la economía informal representó en ese periodo el 26% del Producto Interno Bruto.

Por otro lado, sabemos que el comercio informal no solo afecta la economía de los empresarios sino crea inseguridad en los ciudadanos y  detiene el desarrollo nacional. La piratería y el contrabando de todo tipo de artículos desequilibra los patrones de la economía y constituye a menudo un ejemplo de competencia monopolística.

Comerciantes formales que pagan sus impuestos no pueden ofrecer los precios que dan los comerciantes informales, por lo que muchas veces sus negocios fracasan. El gobierno federal, consciente de esta situación, pueso además en marcha el programa Crezcamos juntos, que insta a los trabajadores a sumarse a la formalidad. 

Gracias a la incorporación de la factura electrónica y a su facilidad de emisión una vez el usuario se adapta a ella, las estadísticas de reducción de la economía informal son alentadoras, de acuerdo con datos del INEGI:
  • En el año 2012, la productividad de la economía total aumentó en 1.6 por ciento, consecuencia del crecimiento de 4.3 por ciento que registró la economía formal, que contrasta con la disminución de 0.5 por ciento de la economía informal.
  • El comportamiento del sector informal (micronegocios) registró un aumento promedio de 2.09 por ciento para la serie 2004-2012.
  • La productividad de la economía formal ha sido 2.3 veces mayor que la productividad de la economía informal en el periodo 2003-2012.
  • El comercio es el sector de mayor importancia ya que contribuye con 32.5 por ciento del Valor Agregado Bruto informal.
  • Por cada 100 pesos generados de PIB del país, 75 pesos los generan 4 ocupados formales de cada 10, mientras que 25 pesos los generan 6 ocupados en informalidad de cada 10.

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Factura electrónica y formalidad laboral en México

Evita ser sancionado por el SAT

Te haz preguntado ¿qué pasaría si no pagarás los impuestos que te corresponden?, no importa lo que hagas para evitar el pago de tus impuestos, al final del día tendrás que rendir cuentas al Servicio de Administración Tributaria (SAT) ya que pagar impuestos es una obligación, la cual no nos conviene para nada evadir.

Debemos evitar tener complicaciones y es mejor estar en orden con nuestras obligaciones fiscales, por mas que esto pueda parecernos complicado, ya que evitará un daño mayor, es por eso que a continuación te compartimos algunos consejos para evitar cometer errores en el pago de  tus obligaciones fiscales, entre otras cosas te recomendamos:

  • Para empezar, si lo que estas buscando es contar con un saldo a tu favor, te comentamos que todos los gastos que realices deben estar perfectamente justificados y respaldados por un Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) ya que a partir de la pasada reforma fiscal para 2014, todas las operaciones comerciales realizadas deben estar amparadas únicamente por este tipo de comprobantes, esto para poder estar en orden con la autoridad fiscal correspondiente. 
  • No existe un límite para las devoluciones, en el caso de la declaración anual de 2013; pero para este año sí se aplicarán los límites establecidos en la Reforma Fiscal en curso. Podemos mencionar que las devoluciones entre 3,000 y 4,000 pesos son poco cuestionadas por el SAT, pero si obtuviste un monto mayor de 10,000 pesos, el fisco puede investigarte a detalle.
  • Ahora que si ya cuentas con una multa impuesta, recuerda que tienes tan sólo 45 días para saldar la misma impuesta por incumplimiento de cualquier obligación fiscal, de lo contrario, la autoridad fiscal visitará tu domicilió para solicitarte realizar el pago correspondiente. En caso de no poder localizarte, ahora cuenta con facultades que le permiten embargar tus bienes, inmuebles o cuentas bancarias, así que te recomendamos estar atento, ya que de no encontrarte en tu domicilio, te podrás hacer acreedor a multas que van desde $340 pesos por Gastos de Ejecución o 2% del adeudo fiscal del contribuyente hasta un máximo de $52,950 pesos, especifica el SAT.
  • El SAT propicia facilidades para que paguemos, ofreciendo plazos y facilidades para pagar multas, recuerda que a partir de la Reforma Fiscal para 2014, el SAT cuenta con la facultad de poner en su página de internet, en caso de aparecer en ella, serás reportado al Buró de Crédito, afectando con ello tu reputación e historial crediticio y tu reputación ante las empresas. Las modalidades en las que los puedes cubrir son con pagos en mensualidades siempre y cuando no excedas de 36 meses y de manera diferida, pagando en una fecha que elijas, sin que el plazo máximo exceda los 12 meses, con un incremento de actualización y recargos.
  • Ahora que si quieres y puedes pagar en el plazo estipulado por la autoridad, tienes derecho a una reducción del 20% de la multa impuesta y en el mejor de los casos, puedes llegar a un acuerdo con el SAT de pagar los impuestos que adeudas con los debidos recargos y actualizaciones en una exhibición y a cambio, pueden perdonarte la multa impuesta.
Con todo lo anterior, podemos deducir que en cuestiones tributarias y fiscales, debemos estar al corriente con las autoridades pertinentes ya que de lo contrario puedes caer en una sanción la cual quieras o no tendrás que pagar para no meterte en complicaciones fiscales, siguiendo estos ejemplos, podemos evitar ser sancionado por el SAT o en el caso de ya haber sido sancionado, salir librado de la mejor forma posible.

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Evita ser sancionado por el SAT

CONSEJOS FISCALES PARA 2014


El 2014 está considerado como un año lleno de enormes cambios en materia fiscal, incluso por algunos expertos está considerado como el año de la facturacion electrónica. En este año se adicionan nuevas reglas en el ámbito de recaudación y con el firme propósito de tener un mejor control tributario, a continuación enlistamos una serie de consejos fiscalesa tomar en cuenta para este 2014.


1. La migración a la facturacion electronica.- A partir del primero de abril de 2014 absolutamente todas las personas físicas o morales tendrán que emitir únicamente Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI) o facturacion electronica, independientemente del monto de sus ingresos, esto para poder deducir los gastos realizados. Por lo que se encuentran eliminados o sin validez oficial los Estados de Cuenta, comprobantes impresos con código de barras bidimensional y Comprobantes Fiscales Digitales (CFD).  Así mismo, los recibos de nómina por concepto de salarios y asimilados tendrán que emitir CFDI.

2. Nomina.- En cuanto al tema d la nómina, habrá varios cambios, entre ellos se encuentra que los pagos a trabajadores por concepto de sueldos o salarios deberán ser timbrados, esto es, a partir del 1 de abril del año en curso, serán CFDI. Aunado a esto, sólo se permitirá deducir el 47% de los pagos que resulten de ingresos exentos para los trabajadores, el importe puede incrementar hasta 53% máximo siempre y cuando las prestaciones exentas brindadas a los colaboradores de la organización no disminuya en comparación de las realizadas durante el ejercicio anterior.

Los pagos cuyos montos excedan los $2,000.00 pesos serán únicamente deducibles si se realiza el pago con cheque nominativo, incluyendo una leyenda especial (“para abono en cuenta”), transferencia electrónica, tarjeta de crédito, débito o servicios, así como por los monederos electrónicos autorizados del SAT.

Otro cambio impacta a los llamados vales de despensa, ya que dichos vales sólo podrán ser deducibles si se brindan a través de monederos electrónicos autorizados por el SAT.

3. Discrepancia fiscal.- A partir del 2014 el proceso para fijar el monto de los ingresos que fueron omitidos por las personas físicas cuyas erogaciones superen los ingresos declarados será modificado, aunado a esto, se adiciona al concepto de erogaciones los depósitos efectuados en tarjetas de crédito. Debemos recordar que son consideradas como erogaciones los gastos, adquisición de bienes, depósitos en cuentas bancarias, inversiones financieras y tarjetas de crédito.

4. Adiós REPECOS.- El régimen de Pequeños Contribuyentes mejor conocido como REPECOS, así como el régimen de intermediarios desaparecen para darle paso al Régimen de Incorporación Fiscal (RIF) el cual se aplica a todos aquellos que enajenen productos o presten servicios (a excepción de aquellos que requieran título profesional) cuyos ingresos anuales sean como máximo $2, 000,000.00 de pesos, en el que podrán permanecer como máximo 10 ejercicios consecutivos.

5. Sistematización Contable.- Con todas las medidas que se están tomando como la adopción de la facturacion electronica y la nómina en el esquema CFDI, lo que se busca es romper con la burocratización que existía en temas fiscales y sistematizar los procesos de declaraciones, el objetivo de estos cambios fiscales es llegar a obtener una contabilidad electrónica, de manera en que la información contable del contribuyente se aloje mes a mes en la página de internet del SAT mediante un portal exclusivo y seguro.

6. Buzón tributario.- El buzón tributario entrará en vigor para personas morales a partir del 30 de junio del 2014 y a partir del 1 de enero del 2015 para personas físicas, dicho buzón se estableció con el firme propósito de establecer un correcto sistema de comunicación entre el contribuyente y la autoridad para presentar promociones, solicitudes, avisos, requerimientos, consultas, entre otros muchos más. Es importante mencionar que es importante que el contribuyente consulte con regularidad dicho buzón para mantenerse al día con la autoridad fiscal.

7. Dividendos.- Queda establecido a partir de este año (2014) un ISR adicional de 10% al reparto de dividendos, dicho porcentaje queda a cargo de la persona física y tendrá el carácter de pago definitivo, dicho impuesto será retenido por la persona moral que lo reparta.

8. Deducciones en inversiones.- Las inversiones ya no contarán con la deducción inmediata ya que esta queda eliminada, a partir de este año (2014) sólo podrán deducirse aplicando los porcentajes establecidos en la Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR). Aunado a esto, tratándose de inversiones en automóviles cuyo valor oscile entre los $175,000.00 y los $130,000.00, disminuirá el importe de la deducción, también se ajustará la deducción por concepto de renta de autos a $200.00 diarios.

9. Limitación de deducciones personales.- Queda limitado el importe de las deducciones personales por una cantidad equivalente a 4 SMG elevados al año o al 10% de los ingresos en el año, la que resulte más baja. Para proceder con la deducción es importante que los gastos sean pagados a través del sistema financiero mexicano (tarjetas, transferencia bancaria o cheques).

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CONSEJOS FISCALES PARA 2014

El ABC de la Nómina Electrónica

La obligación de timbrar sobre recibos de nómina está expresada en el artículo 29 del Código Fiscal de la Federación (CFF) y 99, fracción III de la Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR).

El Artículo 99 menciona que quienes realicen pagos por conceptos a que se refiere el capitulo (Salarios y Asimilables a salarios), tendrán las obligaciones de expedir y entregar comprobantes fiscales a personas que reciban pagos por los conceptos a que se refiere el capitulo, en la fecha en que realicen la erogación correspondiente, los cuales podrán ser utilizados como constancia o recibos de pago para efectos legales.

Los primeros pasos a seguir para cambiar a la nómina electrónica son los mismos que se necesitan para migrar a facturación electrónica, los cuales son: obtener en el SAT la Firma Electrónica Avanzada (Fiel), después tramitar un Certificado de Sello Digital y acudir con un Auxiliar de Comprobación Autorizado (anteriormente llamado PAC) que mas se adapte a las necesidades de la organización.

El Auxiliar de Comprobación Autorizado esta obligado a validar los requisitos del Comprobante FiscalDigital por Internet (CFDI) o nómina electrónica, así como asignar el folio fiscal e incorporar el sello digital del SAT para darle la validez oficial.

La nómina electrónica ya no requiere una solicitud de folios del SAT, ni un envío de reporte al SAT, tampoco existe ningún riesgo de comprobantes apócrifos y cuenta con normas de tratamiento de la información confidencial, por lo que ofrece máxima seguridad en la custodia y almacenamiento de la nómina electrónica.

Estos son los campos obligatorios en un recibo de nómina CFDI:
  • Información del encabezado:

  1.     Versión
  2.     Registro patronal
  3.     Numero de empleado
  4.     CURP
  5.     Tipo de Régimen
  6.     Numero de Seguridad Social
  7.     Fecha de pago
  8.     Fecha inicial de pago
  9.     Fecha final de pago
  10.     Numero de días pagados
  11.     Fecha de inicio de la Relación Laboral
  12.     Antigüedad
  13.     Puesto
  14.     Tipo de Contrato
  15.     Tipo de Jornada
  16.     Periodicidad de Pago
  17.     Salario Base de Cotización Aportado
  18.     Riesgo de Puesto
  19.     Salario Diario Integrado
  •      Información de las percepciones
  1.     Total Gravado
  2.     Total exente
  •     Información del detalle de percepciones.
  1.     Tipo de Percepción
  2.     Clave
  3.     Concepto
  4.     Importe gravado
  5.     Importe exento
  •     Información de las deducciones 
  1.     Total Gravado
  2.     Total exento
  •     Información del detalle de las deducciones
  1.     Tipo de deducción
  2.     Clave de deducción
  3.     Concepto
  4.     Importe gravado
  5.     Importe exente
  •     Información de incapacidades
  1.     Días de incapacidad
  2.     Descuento
  •     Información de horas extra
  1.     Días
  2.     Tipo de horas
  3.     Horas extra
  4.     Importe pagado.

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El ABC de la Nómina Electrónica

Los Repecos también facturan electrónicamente

La reforma fiscal, plantea entre otras cosas, la nueva Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR), la cual plantea que el Régimen de pequeños contribuyentes (Repecos) y del régimen de intermediarios desaparezcan, en su lugar, se crea el nuevo régimen denominado “Régimen de Incorporación”, en el cual pueden acceder personas físicas con actividad empresarial cuyos ingresos sean menores a 2 millones de pesos.

La transición de Repeco al régimen de incorporación se dará de forma automática, por lo cual no se tiene que realizar ningún otro trámite, sólo deben cumplir con las siguientes obligaciones:
  • Solicitar su inscripción en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC).
  • Conservar comprobantes que reúnan requisitos fiscales, únicamente cuando no se haya emitido un comprobante fiscal por la operación.
  • Registrar en medios electrónicos a que se refiere el artículo 28 del Código Fiscal de la Federación todas las operaciones fiscales que correspondan al ejercicio.
  • Entregar a los clientes Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI), lo que significa que los repecos también facturan electrónicamente.
  • Efectuar el pago de las erogaciones relativas a sus compras o inversiones, cuyo importe sea igual o superior a $2,000.00 mediante cheque, tarjetas de crédito o débito.
  • Presentar a más tardar el día 17 del mes inmediato posterior a aquél al que corresponda el pago, las declaraciones bimestrales en las cuales se definirá y pagará el impuesto.
  • Pagar el Impuesto Sobre la Renta (ISR) correspondiente, además de presentar en forma bimestral ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT) la debida declaración sobre los ingresos obtenidos y las erogaciones realizadas, incluyendo las inversiones.

Durante esta reforma fiscal y su aprobación, los legisladores derogaron el artículo 29B del Código Fiscal de la Federación, el cual le daba la facilidad de continuar usando el Código de Barras Bidimensional (CBB) a quienes tuvieran ingresos menores a 250 mil pesos anuales, los que eran en su mayoría Repecos o Pequeños contribuyentes, pero pese a que esta figura ahora será llamado Régimen de Incorporación, entonces los Repecos también facturan electrónicamente en 2014.

A partir del 2014, el SAT establecerá como la única forma de facturación valida el CFDI o factura electrónica, por lo que el Comprobante Fiscal Digital (CFD) y la factura impresa con Código de Barras Bidimensional (CBB) perderán validez, por consiguiente, los repecos también facturan electrónicamente. No importa el monto de ingresos, para el primer minuto de 2014, sin excepción, todos los contribuyentes deberán emitir facturas electrónicas, esto con el fin de evitar el uso de comprobantes apócrifos, por ello los repecos también facturan electrónicamente.

De acuerdo con el artículo 112 de la nueva Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR 2014), los contribuyentes sujetos al régimen de incorporación tendrán las obligaciones de entregar a los clientes Comprobantes Fiscales Digitales por Internet.

Para facturar electrónicamente, los repecos deben:
  1. Tramitar la Firma Electrónica (Fiel) directamente en el SAT.
  2. Descargar el Certificado de Sello Digital de la página del SAT. (Para las personas físicas no es necesario este trámite).
  3. Una vez que se tengan estas dos herramientas, se debe contactar a un Auxiliar deComprobación Autorizado (Anteriormente llamado PAC), el cual brinda el servicio a un costo accesible.


Queda poco tiempo para que los repecos también facturen electrónicamente, sin embargo es importante establecer que al momento de contratar con un Auxiliar de Comprobación Autorizado, se revisen los beneficios que este otorga, ya que es información confidencial y muy delicada la que se trata. El hecho que los repecos también facturan electrónicamente debe ser visto como una ventaja para optimizar los procesos contables y mejorar los procesos de facturación. 


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Los Repecos también facturan electrónicamente

Recibos de nómina digitales para 2014

En los pasados días, se aprobó la Reforma Fiscal, en la que se incluye en la nueva Ley del Impuesto Sobre la Renta (ISR) y de Código Fiscal de la Federación (CFF), a partir de 2014 las empresas tendrán que emitir nóminas como Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI), por lo que ahora se esperan recibos de nómina digitales para 2014.

Los únicos autorizados para realizar el timbrado de validación son los Proveedores Autorizados deCertificación (PAC´s) ya que son los únicos facultados por el Servicio de Administración Tributaria (SAT) para dar validez fiscal a los CFDI.

El artículo 99 de la nueva Ley del ISR en su versión tercera menciona que será una obligación de los patrones expedir y entregar comprobantes fiscales a las personas que reciban pagos por la prestación de un servicio personal y subordinado, por salarios y demás prestaciones, en la fecha en que se realice la erogación.
De acuerdo con datos del SAT, existen 39,478,000 de asalariados en México, a los cuales mes a mes se les tendrá que emitir un recibo de nómina digital a partir del 2014, por lo que los patrones tendrán que acudir con un PAC para solicitar su servicio.

Los CFDI´s a partir del 2014 podrán ser usados como constancia o recibo de pago en instancias laborales para beneficio del patrón o del trabajador ya que tendrán validez fiscal.

Los requisitos necesarios para emitir un CFDI son:
  • Contar con Firma Electrónica Avanzada (Fiel).
  • Tramitar el Certificado de Sello Digital.
  • Contactar con un Proveedor Autorizado de Certificación (PAC).
  • Realizar el pago correspondiente y emite CFDI al instante.

¿CFDI para qué?


El Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) es un documento electrónico validado por la autoridad fiscal y con efectos legales el cual garantiza la autenticidad de su origen y la integridad de su contenido. El CFDI permite automatizar procesos y reducir gastos de papelería, mayor dinamismo para procesos de auditoría, seguridad en la información y mayor agilidad en la toma de decisiones, entre otros beneficios adicionales que sin duda alguna mejoran los procesos comerciales.

Empresas como Facturaxion ofrecen servicios para ayudar al contribuyente a cumplir con las obligaciones que la autoridad fiscal establece, contando con una alianza con Telmex y superando siempre las expectativas del contribuyente, agilizando su sistema contable-administrativo.

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Recibos de nómina digitales para 2014

Senado realiza cambios a reforma fiscal

Con ausencia de los senadores del Partido Acción Nacional (PAN) y con la mitad del Partido de la Revolución Democrática (PRD), el Senado de la República aprobó en las primeras horas de este jueves la miscelánea fiscal para 2014.

El presidente del Senado Raúl Cervantes (PRI) dio por avalada la reforma hacendaría a las 3:32 de la mañana y la regresó a San Lázaro.

Los cambios negociados son los siguientes:
  • Subir a 8% el impuesto a la comida chatarra, a partir de enero próximo.
  • Regresar a tasa de 30% a quienes ganan hasta medio millón de pesos anuales. Incluye además la aplicación de tasas de Impuesto Sobre la Renta (ISR) de 32% a quienes obtengan 750,000 pesos anuales en salarios y 34% a los que tienen ingresos superiores al millón de pesos al año.
  • Queda en 50% las deducciones a las prestaciones laborales de los trabajadores y la creación del instrumento de control para evitar que el patrón transfiera al trabajador el costo del impuesto.
  • Pasar de 6 a 10 años el periodo para el cobro de la nueva tasa impositiva para los pequeños contribuyentes (Repecos).
  • Construcción de mecanismos para el fondeo de transición tecnológica para pequeños contribuyentes.
  • Nuevo seguro de desempleo donde no será fondeado con el ahorro de vivienda de los trabajadores, sino por el presupuesto federal de manera directa.
  • Redistribución de ingresos por derechos de minería a una tasa de 7.5% para que 50% vaya a municipios mineros, 20% a la federación y 30% a los estados.
  • Cobro en derechos de la banda de 700 megahertz y 2.5 gigahertz con un transitorio para que una vez que se establezca el modelo de operación, el Congreso de la Unión garantice los pagos definidos.
  • Mecanismo de apoyo a la Cooperativa Pascual, a la que apoyarán en su conversión tecnológica.
  • Incluir a los polisacáridos en la categoría de azúcares, para evitar que las refresqueras evadan el impuesto de un peso, vigente a partir del primero de enero del próximo año.

Con estas modificaciones a las leyes del Impuesto Especial Sobre Producción y Servicios (IEPS), ISR y Ley Federal de Derechos, las cuales fueron avaladas en el pleno del senado en sesión nocturna por el bloque del Partido Revolucionario Institucional (PRI), el Partido Verde Ecologista de México (PVEM) y 15 senadores del PRD, tanto la ley de ingresos como el presupuesto de egresos tendrán reajustes a la baja.


Debido a los cambios que se realizaron en la miscelánea fiscal, el documento avalado con anterioridad por la cámara de diputados ya fue revisado nuevamente y aprobado en San Lázaro este mismo jueves.

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Senado realiza cambios a reforma fiscal

Senado aprueba en lo general Reforma Fiscal 2014

El día de ayer, martes 29 de Octubre a las 23:30 horas inició el análisis de la propuesta de reforma fiscal, que aprobó la cámara de diputados en semanas pasadas. Por mayoría cerrada y con serios enfrentamientos entre legisladores de distintos partidos políticos, el Senado de la República aprobó en lo general con 73 votos a favor y 50 en contra, el proyecto de reforma fiscal 2014.

La mayoría de los artículos reservados se centraron en temas controvertidos como los son la homologación del Impuesto al Valor Agregado (IVA) en las zonas fronterizas, IVA en alimentos chatarra, en chicles, refrescos y alimentos para mascota, impuestos en el sector transporte, en minería e importaciones.

En donde también hubo controversias son el las reservas al régimen de los pequeños contribuyentes (repecos); al de deducciones de las prestaciones de los trabajadores; al fondo de pensiones y jubilaciones; al de la deducibilidad para inversionistas y al régimen fiscal opcional.

La miscelánea fiscal constituye una progresividad del Impuesto Sobre la Renta (ISR) para las personas físicas, con una tasa inicial de 30% a quienes ganen hasta 500 mil pesos y hasta 35% a quienes tengan percepciones anuales arriba de 3 millones de pesos.

Los puntos controvertidos fueron:
  • Homologación del IVA en la frontera norte del 11 al 16%.
  • IVA en transporte foráneo.
  • IVA en alimento para mascotas.
  • Deducción a prestaciones sociales a trabajadores.
  • IVA a importaciones temporales.
  • Impuesto Especial Sobre Producción y Servicios (IEPS) a alimentos “chatarra” de 5%.
  • IEPS a bebidad azucaradas de 1 peso por litro.
  • Ley Minera (pago de 7.5% anual a ganancias de mineras).
  • IVA a tiempos compartidos.
  • Gravamen a las convenciones.

Ajustes realizados en la Cámara de Diputados:
  • No se aprobó el IVA en colegiaturas.
  • No se aprobó el IVA en hipotecas.
  • No se aprobó el IVA en venta y renta de vivienda.
  • La mayor progresividad del ISR para personas físicas.
  • Se gravan en 10% las ganancias de las empresas que cotizan en la bolsa.
  • Eliminación del Impuesto Empresarial a Tasa Única (IETU) y el Impuesto en Depósitos en Efectivo (IDE)

El punto más controvertido de la reforma, la llamada miscelánea fiscal, del gobierno de Enrique Peña Nieto quedó aprobado en lo general por 73 votos a favor y 50 en contra. Los senadores registraron 195 reservas, al discutir el segundo tema, relacionado con el impuesto al alimento para mascotas, el Partido Acción Nacional (PAN) decidió suspender su participación.

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Senado aprueba en lo general Reforma Fiscal 2014