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¿Tu proveedor está en la Lista Negra del SAT? ¡Averígualo y evita problemas fiscales!

 

Quizá no todos recordemos que con la Reforma Fiscal de 2014 se facultó a la autoridad, es decir a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para publicar el nombre, denominación o razón social y la clave de Registro Federal de Contribuyentes de aquellos sujetos que cuentan con irregularidades en su situación fiscal.

De esa manera surgieron las denominadas “Listas Negras del SAT” en donde a través de un estatus (definitivo, desvirtuado, presunto o sentencia favorable) se hace pública la información de un contribuyente, relacionándolo con irregularidades en su situación fiscal pues se presume realizó operaciones inexistentes.

Pero vamos paso a paso. Comencemos por puntualizar que para la emisión de un CFDI existe un acuerdo en el que hay un consentimiento entre las partes con validez fiscal y legal, tanto del que emite, como del que recibe el producto o servicio, es decir, lo deduce. Sin embargo, hay ocasiones en las que la autoridad detecta irregularidades, mismas que se mencionan el artículo 69 del CFF:

  • Contribuyentes con domicilio fiscal no localizados.
  • Aquellos que cuentan con créditos fiscales firmes.
  • Los que tienen créditos exigibles, no pagados o garantizados.
  • A quienes se les haya cancelado créditos fiscales.
  • Contribuyentes con créditos condonados.
  • Que haya recaído sobre ellos sentencia condenatoria ejecutoria por la comisión de un delito fiscal.

 

Ante estas irregularidades, se presume que estos contribuyentes realizan operaciones inexistentes amparadas en comprobantes fiscales sin contar con los activos, personal, infraestructura o capacidad material para prestar los servicios o producir, comercializar o entregar los bienes que amparan tales comprobantes, o bien, que dichos contribuyentes se encuentren no localizados, tal como lo menciona el artículo 69B.

 

De esta manera, la llamada “Lista Negra” se actualiza de manera trimestral con base en la regla 1.3 de la RMF y al artículo 69B CFF. Por eso, es recomendable contar con una solución que permita consultar, descargar, comparar e incluso graficar la información fiscal de las empresas con la finalidad de prevenir convertirse en una EDO (Empresas que Deducen Operaciones Simuladas sin recibir el producto o servicio) o en una EFO (Empresas Facturadoras de Operaciones Simuladas).

 

Por ejemplo, la empresa Facturaxion cuenta con una solución Verifica-T que permite a los usuarios ver y analizar el comportamiento fiscal de sus empresas, así como la relación con otros contribuyentes. Así, si alguno de tus proveedores no te parece confiable podrás saber si cumple con sus obligaciones fiscales.

 

Verifica-T cuenta con una bóveda fiscal que permite descarga masiva de CFDI´S, validación de éstos en su carácter de emitidos, recibidos, vigentes o cancelados. Aunado a ello, permite generar reportes y concilicaciones de CFDI´s históricos, así como la integración de la información del ERP y la carga de información histórica desde otras fuentes a la bóveda. De este modo, es posible tener un mapa estratégico de las relaciones comerciales de la empresa.

 

Por otra parte, Verifica-T también tiene la posibilidad de consultar la Lista Negra del SAT por RFC e incluso identificar el estatus de los complementos de pago. Algo que es sumamente interesante es que el usuario puede recibir por correo electrónico notificaciones cuando alguno de los RFC asociados a su cuenta entra en la Lista Negra.

 

Finalmente, también es posible con esta solución visualizar gráficamente la información registrada por el usuario y confrontarla con la que tiene registrada el SAT.  Sin duda, es una herramienta muy eficiente en la gestión fiscal para las empresas.

Publicadas por Facturación Electrónica

¿Tu proveedor está en la Lista Negra del SAT? ¡Averígualo y evita problemas fiscales!

¡Prepárate! El SAT podría auditarte electrónicamente

Nos encontramos frente a la Era Digital regida por el uso de las Tecnologías de la Información (TI´s), en ella, cada vez más el flujo de información y el intercambio de datos es una práctica común. El Servicio de Atención Tributaria (SAT) no es la excepción, prueba de ello es su portal que se ha convertido en el principal medio de comunicación con los contribuyentes. 



Sin embargo, desde la Reforma Fiscal de 2014 el organismo cuenta con la posibilidad de hacer revisiones electrónicas de la información que entregan los contribuyentes, aunque fue hasta el ejercicio fiscal 2016 que comenzó a realizarlas. Así, el SAT ejerce sus facultades de comprobación mediante visitas domiciliarias, revisiones de gabinete y auditorías electrónicas, aunque en el caso de estas últimas no llevan consigo un requerimiento de la autoridad para su cumplimiento.

Por lo anterior, es de suma importancia que los contribuyentes cotejen sus operaciones y documenten la información proporcionada mediante la contabilidad electrónica, pues debe coincidir con la documentación soporte. Lo anterior debido a que la autoridad realizará un cruce de información, también de manera digital, donde podrá encontrar omisión de pagos, ingresos omitidos, determinación incorrecta, cálculo de retenciones y proveedores de riesgo, además de diferencias con el Registro Patronal del IMSS, deducciones o acreditamientos indebidos y operaciones atípicas.

En días recientes, el SAT dio a conocer que recaudó 44 mil 543.4 millones de pesos por auditorías durante el primer trimestre de 2019, 33% más en el 2018, cifra récord para el gobierno federal. Parte de esta recaudación proviene de 10 mil 485 actos terminados por revisión que podrían emanar de auditorías electrónicas.

Por lo tanto, es recomendable que el contribuyente esté pendiente de las notificaciones en el correo electrónico que validó ante la autoridad, a fin de que pueda revisar el Buzón Tributario y enterarse en tiempo y forma de cualquier observación que emane de una auditoría electrónica.

Publicadas por Facturación Electrónica

¡Prepárate! El SAT podría auditarte electrónicamente

Cambios fiscales propuestos por AMLO

Estos serán los cambios en impuestos
propuestos por el nuevo gobierno.

Desde antes de iniciar el sexenio, el futuro gobierno de Andrés Manuel López Obrador, ya ha dado detalles de los planes con respecto a la reforma fiscal que espera a los contribuyentes.

Entre esos adelantos, podemos encontrar:

Eliminar el IEPS

En materia de telecomunicaciones, se planea eliminar el Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, lo que para los usuarios podría significar una reducción de hasta el 3% en los precios de servicios de internet, entre otros, afirmó Abel Hibert, asesor económico de AMLO.

Para el experto, este cambio se verá reflejado antes de la presentación del presupuesto federal del 2019, es decir, antes del 15 de diciembre, por lo que los usuarios podrían ver los efectos con el año entrante.

No aumentar impuestos

Ni subir, ni crear nuevos impuestos, es otra de las propuestas incluidas en el plan económico del partido político Movimiento Regeneración Nacional, reto que le ha sido augurado al próximo secretario de hacienda, Carlos Manuel Urzúa.

Esta propuesta ha sido de las más criticadas por los especialistas, pues de acuerdo con ellos, no hay forma de mantener la economía nacional sin el ingreso al erario proveniente de los contribuyentes.

Modificaciones al ISR

Es posible que durante el próximo sexenio se realice un ajuste a las tasas del Impuesto sobre la Renta que recaiga sobre las personas físicas y morales, lo que podría mejorar los ingresos a los trabajadores, alentaría la inversión y ayudaría a combatir la economía informal.

De acuerdo con Manuel Baltazar Mancilla, socio director de México fiscal, este objetivo se puede lograr implementando una reforma que equilibre impuestos como el ISR, IVA e IEPS.

Generalizar el IVA

En cuanto al Impuesto al Valor Agregado, el experto afirmó que se debe mejorar el sistema de recaudación, con lo que se evitarían perdidas y se aumentarían los ingresos.

Esta medida implica, cobrar impuestos a quienes no realizan su contribución por el momento y otorgar estímulos fiscales de acuerdo a la evaluación de las necesidades, afirmó Herbert Bittinger, especialista fiscal.

FUENTE: El Economista

Sean cuales sean los cambios por venir, cuenta con Facturaxion en la Nube para seguir cumpliendo con tus obligaciones fiscales de forma administrada, rápida y con la mejor tecnología.

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Cambios fiscales propuestos por AMLO

México necesita reducir ISR al 25%


Reducir el ISR en México, proponen contadores del IMPC.
Para colocar a México en un lugar competitivo y atractivo para realizar inversiones, es necesario reducir la tasa de interés del ISR, así como, la deducibilidad inmediata de las inversiones.

En respuesta a la reforma fiscal implementada este año por Estados Unidos, el país debe tomar cartas en materia de impuestos si se desea que las empresas proliferen, señaló José Besil, director del Instituto Mexicano de Contadores Públicos.

La propuesta presentada en la conferencia de prensa organizada por el IMPC, consiste en reducir de 30 al 25% la tasa del ISR, con lo que se pretende mejorar la imagen que tiene México de ser un país “caro” ante el 21% de la tasa de impuesto corporativa en EU.

Además, los contadores mencionaron realizar mejoras en la deducción inmediata de inversiones y activos nuevos, en la que, según ellos, a la Ley de ISR, se deben incluir aquellas inversiones en bienes inmuebles.

Para no resentir el impacto que podría generar la implementación de estas medidas, se propuso: mejorar la fiscalización, reducir la discrecionalidad, sumar a las auditorias los gastos e inversiones sobre todo en las entidades federativas.

De igual forma implementar el cobro del Impuesto al Valor Agregado a los estados y municipios, donde se enfocan la mayor parte de los ingresos tributarios.

Finalmente, los contadores afirmaron que se debe pensar en la implementación de estas medidas de forma gradual, con la finalidad de no generar cualquier índice de déficit fiscal.

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México necesita reducir ISR al 25%

Buscará SAT mantener impuestos en México

Por normas internacionales, las empresas mexicanas deben pagar
ISR en su país de origen.
El impacto de la reforma fiscal en Estados Unidos y sus efectos en la reducción de la tasa del ISR hará que el Servicio de Administración Tributaria vigile de cerca la evasión de impuestos en México.

El atractivo tributario que el gobierno norteamericano ofreció a las empresas que radican en aquel país, se convirtió en un atractivo para los inversionistas mexicanos, colocándolos en una disyuntiva.

De acuerdo con la entrevista que ofreció Osvaldo Santín, jefe del SAT al diario El Financiero, las empresas podrían buscar cambiar su domicilio fiscal y con ello evitar el pago de la tasa de ISR correspondiente a sus operaciones.

Sin embargo, el funcionario aclaró que los impuestos deben ser pagados en el país donde se genera la actividad económica, por lo que, la Administración Tributaria enfocará esfuerzos en el pago de impuestos en México.

Para lograrlo, Osvaldo Santín mencionó el plan de acción BEPS, Erosión de la base imponible y traslado de beneficios, el cual consiste en una serie de medidas desarrolladas por la OCDE para asegurar el pago de impuestos en el país donde se originan las actividades económicas.

Además, se fortalecerá la Unidad de Precios de Transferencia, sobre todo para grandes contribuyentes que se relacionen con distintas jurisdicciones internacionales entre las cuales se pueda dar el traslado de utilidades, dijo.


Cabe recordar que el plan fiscal impulsado por el presidente Donald Trump, consiste en una reducción significativa de la tasa corporativa del 35, a solo el 21 por ciento del ISR, misma entró en vigor el primer día del 2018, por lo que veremos sus efectos a corto plazo.

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Buscará SAT mantener impuestos en México

Efectos en México del plan fiscal de EU

Senado en EU, aprobó la reducción de ISR más grande de la historia.

El panorama podría complicarse para
la inversión extranjera.
Pese a lo imposible y lejano que sonaba, la reforma fiscal impulsada por el presidente estadounidense, Donald Trump, fue aprobada por el senado y continua avanzando para implementar un cambio en las empresas tanto mexicanas como las del país vecino.

Aunque la reforma fiscal aún tiene que ser votada por la Cámara de Representantes, hasta el momento todo pinta favorable para la propuesta que acortaría la tasa de impuestos corporativos de 35% al 20%, bajando 15 puntos.

Algunos economistas nacionales, afirman que en México, se tendrían que tomar importante medidas como reducir la tasa del Impuesto sobre la Renta hasta llegar al 20% o de lo contrario se estaría arriesgando la inversión extranjera de nuestro país.

No obstante, si México implementara una reforma fiscal similar a la norteamericana, en promedio se dejarían de recaudar alrededor de mil millones de pesos al año, afirmó Luis Foncerrada, director del Centro de Estudios Económicos del Sector Privado, en entrevista para El Financiero.

En contraste, debido al proyecto fiscal de EU, algunos países de América como Argentina han decidido tomar acciones con respecto a los impuestos que se cobran a empresas de aquel país,

Parece lógico que México adopte las mismas medidas que EU pero, podría resultar contra producente.

Otras repercusiones que se tendrían que considerar son:
  • Baja del impuesto corporativo 35% a 20%
  • Implementación del 20% de impuesto para el envío de dinero.
  • Caída del 7% en la Inversión Extranjera Directa


Tres grandes riesgos que México corre de ser aprobada una reforma fiscal de esta magnitud, dijo a Expansión Gabriela Siller, directora de Análisis Económico de este grupo financiero.

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Efectos en México del plan fiscal de EU

¿Quiénes deben usar el Complementos para Pagos?

A partir del 1 de julio las facturas pagadas en
parcialidades deberán contener el Complemento para Pagos.
Uno de los cambios a la facturación electrónica contemplados en la Reforma Fiscal 2017 es la implementación del Complementopara Pagos, cuya función es notificar la recepción de un pago abonado a la cantidad total de un CFDI.

Es así como, a partir del 1 de julio, las facturas electrónicas pagadas en parcialidades deberán contar con un CFDI por cada uno de los pagos realizados y en ellas incorporar el Complemento para Pagos.

Para ejemplificar el uso de este complemento la AMEXIPAC señala tres escenarios que se verán beneficiados al utilizarlo:

Anticipos

En este caso se pueden incluir todos los servicios o productos por los que se pague una cantidad previo a la entrega del mismo, como pueden ser:
  •  Todos aquellos por los que se genera un CFDI de Ingreso.
  • Montos previamente entregados para la producción de bienes y manufactura de piezas, donde el CFDI se genera una vez en existencia.
  • Donde ser requiera ingresar un CFDI para la aprobación de un pago previo a su depósito.

Un claro ejemplo son los anticipos a cuenta de un auto que reciben las agencias automotrices, este modelo es utilizado incluso por trámites de placas, verificación y otros servicios por ello son motivo para usar el Complemento de Pagos.

Pagos en el extranjero

Para los pagos y emisiones provenientes de clientes extranjeros se debe utilizar el complemento cuando:
  •          No se tenga la información bancaria foránea disponible.
  • ·      Los pagos sean por un monto diferente al valor del CFDI.

Factoraje

En el también llamado financiamiento de cuentas por cobrar, donde se realiza un anticipo monetario de las cuentas por cobrar de una empresa, el tercero o también llamado factor debe emitir un CFDI anexando el Complemento de Pago al cliente por el total de la factura original.


Analiza estas tres situaciones e identifica si eres el actor de alguna de ellas, en ese caso el Complemento de Pagos será tu aliado para identificar mejor cada uno de los montos abonados a tu favor a cambio de un servicio o producto.

Publicadas por Facturación Electrónica

¿Quiénes deben usar el Complementos para Pagos?