Nuevas actualizaciones
Menú
Publicaciones recientes

Los grandes retos de los CEO´s


La imagen que se tiene hoy en día de un Chief Executive Officer (CEO) o Directores Generales es en muchas ocasiones equivocada, ya que se catalogan como personas ambiciosas y hambrientos de poder y la gran verdad es que son seres humanos y como todos tienen defectos y virtudes, la diferencia de ellos y el resto de las personas radica principalmente en que los CEO´s son quienes realizan un gran esfuerzo y liderazgo que no cualquiera se atreve a realizar con éxito.

Además de tener que enfrentar algunos malos pensamientos que se tiene sobre ellos y llevar una vida personal como la del resto de las personas, tienen que resolver algunos retos que los envuelven en el ámbito laboral, entre algunos que destacan son los siguientes:

  1. Poca autoridad frente al equipo de trabajo.- Aunque resulte sorprendente ya que es parte del perfil de cualquier CEO, muchos directivos consideran tener muy poca influencia en sus organizaciones y falta de autoridad con su equipo de trabajo, como han dejado la función que desempeñaban en una sola área, muchos no saben qué hacer ya que no pueden tener el control absoluto de la empresa pero son responsables de los resultados de la misma. Algunos CEO microadministran a su equipo de trabajo pero en el largo plazo, afectan a todo el equipo, en cambio, otros CEO´s fijan una estrategia y renuncian al control de la misma, otorgando empowerment en sus subordinados, sin embargo se aleja de la estrategia a tal grado que cuando se percatan de que existe un error ya es demasiado tarde, y una vez que esto sucede, se dedican a culpar a sus colaboradores por el error cometido.
  2. Información inoportuna.- La mayoría de la información que llega a manos de un CEO es principalmente reportes mensuales y datos del pasado que si bien son oportunas para realizar una estrategia anual considerando una tendencia, son pobres y carentes de información para diagnosticar y prevenir un conflicto, así como para conocer la situación actual de la organización.
  3. Falta de compromiso por parte de los colaboradores.- La mayoría de los colaboradores no ven una conexión directa entre las metas de la organización y sus metas personales y labores diarias y aunque parezca que muchos empleados están ocupados, podrían estar enfocados en tareas que no impulsen la estrategia comercial, con esto no nos referimos a que no se encuentren trabajando, sino a que en ocasiones las tareas que realizan son poco benéficas para lograr los objetivos de la organización.

Estos retos y más tendrán que enfrentar los CEO´s  hoy en día, el secreto está en saber balancear la tensión que causa la enorme responsabilidad y el control limitado. El CEO y sus subordinados deben trabajar a un ritmo constante, teniendo el director el control sobre el equipo y empujarlo para obtener los resultados esperados.

Es importante tener presente la visión de la empresa y adueñarse de la misma, y  relacionarla con las metas de sus colaboradores y de las áreas a la misma, para con ello, lograr que los empleados se sientan parte de un objetivo grupal que va más allá de ellos mismos.


Hacerse de la información correcta es de suma importancia para la correcta toma de decisiones, y para obtenerla, un CEO debe realizar las preguntas correctas y contar con una herramienta para recolectar la información. Dicha herramienta debe recolectar los datos de todos los colaboradores y las tareas en que lograrán sus metas y así el director sabrá las acciones de deberá realizar para cumplir con los objetivos estratégicos sin que sea demasiado tarde.

Publicadas por Facturación Electrónica

Los grandes retos de los CEO´s

¿Qué modificaciones presentará para la facturación electrónica la Primera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2014?


En los pasados días, el Servicio de Administración Tributaria (SAT), publicó en su página de internet la primera Resolución Miscelánea Fiscal para 2014 en donde se plasman varios cambios en el tema de facturación electrónica, a continuación se enuncian diversas cuestiones referentes a la resolución.

¿Podré facturar sólo con mi Fiel?

De acuerdo con la regla 1.2.2.1. El SAT otorga la facilidad para que las personas físicas expidan Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI) o facturación electrónica con la Firma Electrónica Avanzada (FIEL), también  contempla la idea en que los contribuyentes puedan emitir facturación electrónica a través del sistema de Registro Fiscal.

Al realizar  una factura electrónica, en la forma de pago pongo NA ¿Tendré algún problema por ello?

De acuerdo con la regla I.2.7.1.26. Para los efectos del artículo 29-A, fracciones I y VII, inciso c del Código Fiscal de la Federación, los contribuyentes podrán incorporar en la facturación electrónica que emitan, la expresión No Aplica (NA) o cualquier otra similar, en lugar de los requisitos del Régimen fiscal en que tributen conforme a la Ley del ISR y la forma en que se realizó el pago.

¿Si compró un boleto de avión me darán facturación electrónica?

En base a la regla I.2.7.1.27. Para los efectos de los artículos 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación, así como 18, fracción VIII y 90, sexto párrafo de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, todas aquellas personas físicas o morales que presten servicios de transporte aéreo de personas o de bienes, nacional o internacional, tendrán que expedir por los ingresos percibidos facturación electrónica correspondiente.

Para los efectos del artículo 29, primer y último párrafos del CFF, los contribuyentes que presten servicios de transporte aéreo de personas o de bienes, cuando operen la venta de boletos y guías mediante el uso de sistemas de control, emisión o distribución de pagos y servicios centralizados compartidos con otros prestadores de los mismos servicios, podrán cumplir con la obligación de expedir y entregar facturación electrónica por dichas operaciones, una vez transcurridos dos días hábiles contados a partir del día inmediato siguiente a aquél en que se haya realizado el pago de la operación, esto plasmado en la regla I.2.7.1.28.

Cuando dentro de las cantidades que se carguen o cobren al adquirente de servicios de transporte, estén integradas cantidades cobradas por cuenta de terceros con los que tenga una relación jurídica y que no sean atribuibles como ingresos al transportista, estos prestadores de servicios deberán utilizar el complemento que al efecto publique el SAT en su página de Internet, en el cual identificarán las cantidades que correspondan a  contribuciones federales y a otros cargos o cobros, incluyendo para tales efectos la identificación del tercero mediante el uso del Código IATA (International Air Transport Association).

¿La facturación electrónica o CFDI se podrá considerar como constancia del IVA retenido?

La regla I.2.7.1.29. Se refiere a que la facturación electrónica que emita el prestador del servicio o proveedor, en donde conste el monto del IVA retenido por la persona moral, podrá también considerarse como constancia de retenciones de dicho impuesto.

¿Las dependencias Públicas tendrán prórroga para emitir facturación electrónica?

De acuerdo al artículo sexto transitorio, para los efectos del artículo 29, primer y último párrafo del CFF, las dependencias y entidades públicas federales, estatales y municipales podrán optar por diferir la expedición de los CFDI o facturación electrónica que deben emitir por el pago de contribuciones federales, estatales o municipales, incluyendo productos y aprovechamientos, que perciban durante el periodo comprendido del 1 de enero de 2014 al 30 de junio del mismo año, siempre que el 1 de julio de 2014 hayan migrado totalmente al esquema de facturación electrónica o CFDI, y emitido a los contribuyentes que así lo hayan solicitado todos los CFDI o facturación electrónica correspondientes a los ingresos percibidos durante el periodo señalado.




Cuando las dependencias y entidades públicas federales, estatales y municipales incumplan con el requisito de migración al esquema de facturación electrónica o CFDI, perderán el derecho de aplicar la presente facilidad, quedando obligados a aplicar las disposiciones en materia de expedición de comprobantes fiscales a partir del 1 de enero de 2014.

De ser aceptada la Primera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2014, se publicará en el Diario Oficial de la Federación (DOF) y deberá efectuarse un día después de dicha publicación.

Publicadas por Facturación Electrónica

¿Qué modificaciones presentará para la facturación electrónica la Primera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2014?

8 reglas básicas sobre factura electrónica



La factura electrónica solo puede ser timbrada
por el SAT o un PAC.

La factura electrónica es aquel documento fiscal que avala una transacción comercial, dicho comprobante cumple con los requisitos legales que establece el Servicio de Administración Tributaria (SAT) y su alcance legal y efectos son los mismos que los de los comprobantes fiscales impresos.

La factura electrónica únicamente puede ser emitida o timbrada por únicamente por el SAT o de los Proveedores Autorizados de Certificación (PAC), este cambio ha tenido un alto impacto en todas las empresas, ahora tanto clientes como proveedores conocen y manejan documentos digitales.

A continuación enlistamos las 8 reglas básicas sobre la factura electrónica:
  1. Favorece no sólo a tu empresa, también al planeta.

El cambiar a factura electrónica, trae grandes recompensas no sólo en el ámbito administrativo, también otorga un beneficio al planeta, ahorrando grandes cantidades de papel que, a final del día terminarán destrozados o en basureros. En México cerca de 60 árboles son talados por cada millón de facturas, con la factura electrónica se evita la tala de hasta 240,000 árboles.

     2. Todos los contribuyentes deberán emitir Factura Electrónica.


Todas las empresas deben migrar a factura electrónica sin excepción ya que durante este año (2014), los únicos comprobantes fiscales que serán deducibles serán los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI) o facturas electrónicas.

     3. Cuidado con las facturas apócrifas.

Hoy en día las empresas, llámense grandes corporativos o las Pequeñas y Medianas Empresas (PyMES), se preparan para asumir una cultura de seguridad informática, hablar de sellos digitales y archivos en XML es cada vez más usual, el esquema de factura electrónica fue creado con la finalidad de incrementar la seguridad de los documentos de facturación. Sin embargo, es importante verificar que la factura electrónica que se recibe por parte del proveedor sea autentica, para con ello evitar problemas con la autoridad fiscal, de lo contrario, en caso de detectarse una factura apócrifa, se incurre en el delito de defraudación fiscal, para esto varios PAC cuentan con un sistema de verificación de comprobantes fiscales en versión CFDI´s o factura electrónica, con el cual se garantiza la autenticidad de la misma.

     4. ¿Qué se requiere para emitir una factura electrónica?

Todas las empresas que quieran migrar a factura electrónica deben pasar por un proceso muy fácil, el cual consiste en primera instancia en tramitar la Firma Electrónica Avanzada (Fiel), una vez obtenida la Fiel, se debe tramitar el Certificado de Sello Digital en la página de internet del SAT, para posteriormente contratar los servicios de un PAC.

     5. El PAC reporta por ti.

Una de las funciones básicas de los PAC, es enviar una copia de cada factura electrónica o CFDI que emite cada contribuyente directamente al SAT.


     6. Ahorra costos y optimiza procesos.

Elimina costos de envío, impresión, almacenamiento y mejora la labor de cobranza pues las facturas se las envían a los clientes a tiempo y cuantas veces sean necesarias, con ello se evitan costos derivados de impresión, papel, costos de mensajería y derivados, optimiza el proceso y agiliza el proceso de cobranza ya que la factura es enviada al momento de ser elaborada.

    7. Olvida los programas y licencias.

Existen empresas que te piden descargar un software y pagar una licencia ya sea por una sola vez o de manera anual. Nosotros recomendamos a las que tienen todas tus facturas en la nube (no solo en el software), pues las podrás ver o reenviar cuando quieras y desde donde quieras. Las ventajas de esa solución es que se puede almacenar en un espacio virtual llamado “La nube”, con esto las facturas electrónicas se mantienen seguras de cualquier eventualidad o catástrofe, algunos PAC ofrecen soporte técnico las 24 horas, así que nunca estarás solo y puedes emitir la factura electrónica desde cualquier lugar con acceso a internet.

    8. La factura electrónica revolucionando el mundo de los negocios. 


La Facturación Electrónica se integro desde el año 2004 por el SAT, de la fecha hasta ahora a tomado auge ya que tiene como principal objetivo sustituir a la tradicional factura impresa ya que es un documento de carácter Fiscal Digital que cuenta con garantía legal que cumple con todos los estándares establecidos por el SAT siendo esta de validez y carácter como comprobante fiscal digital (CFD) y es de gran ayuda al medio ambiente.

Publicadas por Facturación Electrónica

8 reglas básicas sobre factura electrónica

Certificado de Sello Digital para emitir factura electrónica


Si eres persona física, debes contar con un Sello Digital.
En los pasados días, el Servicio de Administración Tributaria (SAT), determinó que las personas físicas que tengan que emitir Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI) o también llamada factura electrónica, pueden hacerlo usando única y exclusivamente su Firma Electrónica Avanzada (Fiel).

Sin embargo, lo recomendable a la hora de emitir una factura electrónica es contar con el Certificado de Sello Digital (SCD). Un Certificado de Sello Digital, es como su nombre lo indica un Certificado emitido por el SAT pero cuyo propósito es más específico que el de la Fiel, ya que se limita únicamente a la firma electrónica de CFDI´s o facturas electrónicas.

Se puede utilizar un solo Certificado de Sello Digital para toda la operación de la empresa, o bien tramitar un Certificado de Sello Digital para cada una de las sucursales, establecimientos o locales donde se emita factura electrónica.

La Firma Electrónica Avanzada (Fiel) es muy importante para emitir factura electrónica, sin embargo,  no tiene el mismo valor que el Certificado de Sello Digital para emitir factura electrónica de manera segura, el beneficio de la Fiel es que permite obtener el Certificado de Sello Digital (CSD), que sí es necesario para emitir factura electrónica de manera segura.

Un Certificado de Sello Digital es, según el Código Fiscal de la Federación, es un documento electrónico que es asociado a una identidad y a su propietario. Existe un vínculo legal entre el documento electrónico y el Certificado de Sello Digital, por tanto lo que vaya con el archivo, es vinculante.

Las características de un Certificado de Sello Digital son:
  • Cada Certificado de Sello Digital lleva un código de identificación único.
  • Se debe señalar su origen, es decir, el SAT y la dirección electrónica.
  • Contiene el nombre del titular y del certificado.
  • Clave del Registro Federal de Contribuyentes (RFC).
  • Vigencia del certificado: fecha de inicio, fecha de término.
  • Clave pública del titular del certificado.
  • Señalar con qué tecnología fue creada la Firma Electrónica Avanzada (Fiel).

El Certificado de Sello Digital tiene como finalidad la aceptación legal de una factura electrónica, es como si se firmará con la mano. Es la firma digital de los comprobantes fiscales, garantiza el origen de la factura electrónica, su unicidad, integridad y autenticidad.

Una de las grandes ventajas del Certificado de Sello Digital es que se puede obtener a cualquier hora y en cualquier día ya que se hace a través de la página del SAT, descargando el sistema SOLCEDI.

Se debe tener cuidado con el Certificado de Sello Digital ya que puede quedar sin efectos fiscales, esto sucede si:

La autoridad fiscal:
  • Omita la presentación de 3 ó más declaraciones periódicas consecutivas ó 6 no consecutivas.
  • Durante una revisión o proceso administrativo no se localice el domicilio manifestado.
  • Cuando se tenga conocimiento de que los CFDI emitidos se utilizaron para amparar operaciones inexistentes, simuladas o ilícitas.
Los contribuyentes a quienes se les haya dejado sin efectos el Certificado de Sello Digital podrán llevar a cabo el procedimiento que determine el SAT para subsanar las irregularidades detectadas, a fin de obtener un nuevo certificado.


La autoridad fiscal deberá emitir la resolución sobre dicho procedimiento en un plazo máximo de 3 días, contando a partir del día siguiente a aquel en que se reciba la solicitud correspondiente.

Publicadas por Facturación Electrónica

Certificado de Sello Digital para emitir factura electrónica

SAT saturado por factura electrónica


Una gran cantidad de contribuyentes se registran
para poder emitir facturas electrónicas.
En los recientes días del mes de enero, el sistema para tramitar un Certificado de Sello Digital (CSD) se encuentra saturado, esto debido a la excesiva cantidad de contribuyentes que se registran para poder emitir facturación electrónica.


El SAT anticipo que miles de contribuyentes acudirán a realizar trámites de último momento, las principales razones son la inscripción al Registro Federal de Contribuyentes (RFC) y la Firma Electrónica Avanzada (Fiel).


Se espera que sean cerca de 3.7 millones de contribuyentes los que tengan que migrar a la factura electrónica, de los cuales, 1.4 millones ya han migrado a este sistema de facturación. Cerca de 2 millones de contribuyentes percibieron un ingreso anual de hasta 500 mil pesos, por lo que cuentan con la facilidad de expedir factura electrónica a partir del 1 de abril, sin embargo, se recomienda que no dejen a último momento este cambio, ya que se prevé que a mediados de marzo se encuentre el SAT saturado por factura electrónica nuevamente.


A pesar que se encuentre el SAT saturado por factura electrónica, se pronostica que los Proveedores Autorizados de Certificación (PAC), auxilien a los 2 millones de contribuyentes que faltan por migrar a la factura electrónica.


Los Proveedores Autorizados de Certificación (PAC´s), han presentado un aumento considerable en cuanto a la demanda que presentan, dicha demanda creció considerablemente desde finales del año pasado. Actualmente se presentan algunos “cuellos de botella” por la demanda excesiva del mercado en las adaptaciones para poder realizar la factura electrónica, sin embargo, una vez que se encuentren realizadas dichas adaptaciones, la capacidad que presentan los PAC será superior a la demanda.


En los últimos meses la mayoría de las empresas comenzaron a preocuparse en cambiar a la factura electrónica y por la obligación de emitir CFDI´s para retenciones, sueldos y salarios de sus trabajadores, por este motivo también se encuentra el SAT saturado por factura electrónica. Sin embargo, es importante recordar que el SAT dio facilidades también para la nómina electrónica.


Todos aquellos contribuyentes que en el último ejercicio fiscal declarado hayan tenido ingresos de hasta 500 mil pesos y deseen emitir factura electrónica hasta abril, también podrán expedir recibos de nómina electrónica hasta esa misma fecha.



Con respecto a las personas físicas y morales con ingresos anuales superiores a 500 mil pesos podrán diferir hasta marzo la emisión de los recibos de nómina como CFDI, siempre y cuando el 1 de abril hayan emitido todos los CFDI´s diferidos.

Publicadas por Facturación Electrónica

SAT saturado por factura electrónica

Prórroga para la Nómina Electrónica

De acuerdo con la pasada Reforma Fiscal 2014 aprobada y publicada en el Diario Oficial de la Federación, se estableció la obligación para todos los contribuyentes de emitir Nómina vía Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) o Nómina Electrónica a partir del 1 de enero del presente año (2014).  De acuerdo con lo anterior, surgieron dudas de si existiría prórroga para la nómina electrónica o no.

La Resolución Miscelánea Fiscal para 2014 estableció en el artículo 45 transitorio que los contribuyentes que se encuentren imposibilitados para cumplir con lo dispuesto en el artículo 29 del Código Fiscal de la Federación (CFF) y el artículo 99, fracción III de la Ley del Impuesto Sobre la Renta (ISR) de expedir un CFDI por concepto de pago de salarios o nóminaelectrónica, así como por las retenciones de contribuciones que efectúen durante el periodo que abarca al 1 de enero de 2014 al 31 de marzo de 2014, siempre y cuando el 1 de abril de 2014 se haya finalizado la migración al esquema de CFDI o nómina electrónica de cada pago o retención efectuadas por las que hayan tomado la opción de diferimiento señalada.

En cuanto al Régimen de Incorporación Fiscal, anteriormente llamado Repecos no están obligados hasta el 31 de marzo de 2014 a expedir nómina electrónica por las remuneraciones que efectúen por concepto de salarios y en general, por la prestación de un servicio personal subordinado, ni por las retenciones de contribuciones que efectúen.

El SAT dio a conocer que la prórroga para la nómina electrónica que se otorgó de tres meses será un apoyo para quienes se incorporen al programa durante el lapso de prórroga, así que invito a todos los contribuyentes que no lo han hecho a darse de alta en el servicio de manera pronta para así evitar incurrir en alguna falta ante las autoridades fiscales.


La nómina electrónica pretende ser un medio de información para la correcta fiscalización de empresas y representan un avance importante para sistematizar el proceso contributivo y de desarrollo para la recaudación fiscal en el país, lo recomendable es no dejar la migración a ultimo momento ya que no habrá otra prórroga para cambiar a este nuevo esquema de emitir nómina.

Lo que debes hacer para comenzar a emitir nómina es necesario contar con la Firma Electrónica Avanzada (Fiel), el Certificado de Sello Digital y acudir con un Auxiliar de Comprobación Autorizado (anteriormente nombrado Proveedor Autorizado de Certificación PAC) y podrás emitir nómina electrónica al instante.

Publicadas por Facturación Electrónica

Prórroga para la Nómina Electrónica