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Guía rápida para cancelar un CFDI


El nuevo esquema de cancelación será aplicable de manera
obligatoria a partir del próximo 1 de julio del 2017.
Luego de la publicación del anexo 19 de la Resolución Miscelánea Fiscal para el 2017, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público destacó la nueva forma de cancelación para una factura electrónica.
Este esquema será aplicable de manera obligatoria a partir del próximo 1 de julio del 2017, fecha que está muy próxima y por lo que es mejor tener claro lo que hay que hacer.
  • Contar con Buzón Tributario
    Sólo a través de esta vía, debes ponerte en contacto con el receptor del CFDI para notificarle tu deseo y motivo para cancelarlo.
     
  • Consentimiento del receptor
    Por su parte, el receptor deberá manifestar por la misma vía, la aceptación o negativa en la cancelación de dicho CFDI a más tardar en las próximas 72 horas a partir de la recepción de la solicitud.
     
  • Aprobación
    Después de ese lapso, el SAT considerará que el receptor acepta la cancelación aunque no se haya hecho manifestación alguna.
     
  • Excepciones
    El emisor puede cancelar un CFDI si el monto de la factura no supera ingresos de 5,000 pesos, por conceptos de nómina, egresos, traslado, o bien por concepto de ingresos expedidos a contribuyentes del Régimen de Incorporación Fiscal.
Con información del Economista.
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Guía rápida para cancelar un CFDI

¿Cómo deducir gasolina?


Al ser parte indispensable para llevar acabo tus actividades
puedes solicitar la reducción del IVA en tus declaraciones.
Deducir combustibles es una de las facilidades que el Servicio de Administración Tributaria otorga a aquellos contribuyentes a quienes les resulte indispensable su consumo para llevar a cabo sus actividades.

Si eres persona física y recibes ingresos por honorarios o actividad empresarial, estás bajo los regímenes de arrendamiento o de incorporación fiscal puedes lograr que la autoridad te permita deducir los gastos en la compra de gasolina, sigue estos pasos:

  1. Paga con cheque nominativo
    Puede ser: Tarjeta de crédito, débito, de servicios de transferencia electrónica, o monedero electrónico de combustibles autorizado por el SAT.
     
  2. Pide factura
    Además, asegúrate que el IVA se traslade de forma expresa y por separado en los comprobantes fiscales electrónicos.
     
  3. Lleva el control
    Registra mes con mes tus gastos en gasolina e infórmalos al SAT en tus declaraciones, recuerda, si tienes saldo a favor, la autoridad fiscal te devolverá la diferencia.

Por ejemplo, si tu empresa requiere del combustible para el transporte de mercancías, esta es una buena opción para empezar a generar saldos a favor en la compra de insumos indispensables para tus actividades.
Con información del Financiero.


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¿Cómo deducir gasolina?

5 cosas que debes saber sobre el Comercio Exterior 1.1



Te compartimos las claves para conocer el nuevo
complemento 1.1 para Comercio Exterior.
Una vez que el Servicio de Administración Tributaria comunicó las modificaciones a las Reglas Generales de Comercio Exterior, han estado circulando los detalles sobre la entrada en vigencia de la nueva versión 1.1.

Sabemos que esto puede generar algunas confusiones por ello te compartimos las claves para conocer el nuevo complemento:

  1. Será obligatorio a partir del 1 de enero del 2018
    Sin embargo, puedes hacer uso de la versión 1.0 y la más actualizada 1.1 al mismo tiempo durante todo 2017, por lo tanto los CFDI de ambas versiones serán recibidos por quien corresponda.
     
  2. Autoridades aduaneras extranjeras podrán usarlo
    Ya que el SAT está buscando la manera de obtener un mejor control en la mercancía extranjera y reforzar la seguridad en las exportaciones, ha firmado acuerdos con Estados Unidos y Canadá.
     
  3. Fácil identificación y acreditación de importadores y exportadores
    Con la inclusión de datos informativos sobre ambos agentes, se evitarán las simulaciones de exportaciones con efectos en IVA, además de la manipulación de precios de transferencia, evasión de impuestos internos, entre otros.
     
  4. Uso sólo para exportaciones tipo A1
    En el caso de las operaciones de exportación de mercancías en definitiva se incluirá un campo informativo para identificarlas, es decir, actualizará la validación referente a la identificación de productos con varias facciones arancelarias.
     
  5. Es innecesario declarar el CFDI con clave A1
    Esto es en el caso de que no se dé el supuesto de enajenación, en cambio, se deberá efectuar la operación de exportación como se realiza hasta la fecha, declarando el folio de acuse de valor en el campo correspondiente.
     
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5 cosas que debes saber sobre el Comercio Exterior 1.1

Nuevas y mejoradas NIF

El Consejo Mexicano de Normas de la Información,
promulgó dos nuevas NIF y modificó seis de las existentes.
Antes de que terminara el 2016, el Consejo Mexicano de Normas de Información Financiera emitió dos nuevas NIF y promulgó el documento de mejoras para 2017, algunas de las cuales pueden aplicarse para el cierre del ejercicio del pasado año.

Entre las recién emitidas encontrarás:
NIF B-17 Determinación del valor razonable.
NIF C-10 Instrumentos financieros derivados y relaciones de cobertura.
En cuanto aquellas que generarán cambios contables hallarás:
NIF B-13 Hechos posteriores a la fecha de los estados financieros
Ahora podrás conservar la clasificación del pasivo como partida de largo plazo a la fecha de los estados financieros en aquellos casos cuando se genera en el periodo posterior por un convenio para mantener los pagos a largo plazo con una entidad deudora y en el que ha caído en incumplimiento.
Vigencia: Ejercicios que inicien el 1 de enero de 2016, así como en 2017.
NIF D-3 Beneficios a los empleados
Para determinar el valor presente en los pasivos a largo plazo se debe utilizar una tasa de mercado libre, o con muy bajo, riesgo crediticio, el cual represente el valor del dinero en el tiempo.
Además se estableció la opción para reconocer las remediciones del pasivo laboral que se llevan a cabo al final del periodo anual, por ejemplo:
  1. En el otro resultado integral, reciclándolas posteriormente a la utilidad o pérdida neta con base en la vida laboral remanente promedio.
  2. Directamente en la utilidad o pérdida neta en la fecha de su devengación.
Vigencia: Ejercicios que se inicien el 1 de enero de 2016, así como en 2017.
NIF C-4 Inventarios y NIF C-6 Propiedades, planta y equipo
Con el cambio en la C-4 y la C-6 se requerirá la revelación de los compromisos contraídos en inventarios, maquinaria y equipo recibidos en consignación, administración o para maquila.
Vigencia: Ejercicios que inicien el 1 de enero de 2017.
NIF C-11 Capital contable
Se establecerá que los gastos de registro en una bolsa de valores de acciones de una entidad, sean reconocidos por una entidad en su utilidad y pérdida neta en el momento de su devengación, al considerar que no hubo una transacción de capital.
Incluso, cualquier gasto incurrido en la recolocación de acciones recompradas debe reconocerse como una disminución del capital emitido y colocado, a diferencia de los anteriores en los que debía reconocerse en la utilidad o pérdida neta.
Vigencia: Ejercicios que inicien el 1 de enero de 2016
Con información del Colegio de Contadores Públicos de México.
 
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Nuevas y mejoradas NIF

Avances en la implementación de verificaciones de comercio exterior


Para modernizar los procesos en materia de comercio exterior, el Servicio de Administración Tributaria presentó sus avances en el desarrollo del Sistema de Investigación y Análisis para la Verificación de Origen.


Este modelo de riesgos permite revisar de manera más
asertiva las importaciones detectando operaciones que no cumplen
con las reglas.
A inicios de 2016 el sistema electrónico reportó 1,019 millones de pesos mediante solo 314 verificaciones, a diferencia de las recaudaciones entre 2013 y 2015 cuando se obtuvieron 512 millones de pesos a través de 908 actos de fiscalización.

Con ayuda de la tecnología, este modelo de riesgos permite revisar de manera más asertiva las importaciones detectando operaciones que no cumplen correctamente con las reglas de los 12 tratados de libre comercio en los que se encuentra México.

Además facilitará el proceso de exportaciones a quienes lo llevan a cabo adecuadamente explicó Luis Eduardo Lara Gutiérrez, administrador General de Auditoría de Comercio Exterior del SAT durante la reunión con integrantes del Instituto Mexicano de Industriales de Comercio Exterior.

Añadió que hasta el momento se ha puesto en marcha en Estados Unidos y Canadá, sin embargo, se han hecho pruebas en algunos países de Europa en donde se espera que su implementación se complete en este año.

En el comunicado de prensa emitido por el SAT, se mencionan las bondades del sistema hacia el contribuyente, a quien se le otorga mayor oportunidad de autocorrección y un proceso de verificación menos invasivo.

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Multas por usar DF en lugar de CDMX


La multa puede ir desde 920 hasta 3 mil 80 pesos
dependiendo del documento.
Una multa de hasta 920 mil pesos podrías pagar si utilizas el nombre del Distrito Federal en lugar de Ciudad de México en los documentos como facturas, declaraciones, avisos o informes que emitas.

Al respecto, el Servicio de Administración Tributaria estableció como fecha límite el próximo 30 de junio para que los contribuyentes expidan o reciban facturas con el dato correcto.

Pese a que la fecha inicial era el 1 de febrero, en su portal de internet, el SAT informó que el periodo se extenderá por lo que las facturas emitidas con el domicilio en Distrito Federal serán válidas para efectos fiscales por los tres meses siguientes sin que ello sea motivo de infracción.

Posteriormente carecerán de valor los CFDI que hayan sido emitidos con el error, en consecuencia, la multa puede ir desde 920 hasta 3 mil 80 pesos dependiendo del documento y de acuerdo a lo que establecen los artículos 81 y 82 del Código Fiscal de la Federación.

En entrevista para El Financiero, Nelly Maldonado, directora general de la Asociación Mexicana de Proveedores Autorizados de Certificación, también conocida como AMEXIPAC, explicó que la disposición entrará en vigencia a la par de la versión 3.3 del estándar para la emisión de Comprobantes Fiscales Digitales.

Esta modificación tiene fundamento legal en el artículo 29-A, fracciones I y II del CFF y la regla 1.10 de la Resolución Miscelánea Fiscal vigente.

Con información del Financiero.


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Multas por usar DF en lugar de CDMX