Anuncian nueva actualización en Complementos de CFDI 3.3

Estos cambios entrarán en vigor el próximo
12 de junio del 2018.

Sumado a los cambios recientemente anunciados por el SAT, nuevamente la autoridad fiscal publicó en su portal de internet más actualizaciones para los complementos fiscales que conforman del CFDI versión 3.3

El próximo martes 12 de junio del 2018 entrarán en vigencia nuevos atributos y claves en los catálogos de los complementos Estado de Cuenta de Combustibles versión 1.2 y Consumo de Combustibles versión 1.1

En el complemento Consumo de Combustibles 1.1 se anunciaron los siguientes cambios:

1. Cambio de versión “1.0” a “1.1”.
2. Se agrega Tipo Base xs:string  y espacio en blanco colapsar en el atributo “versión”.
3. Cambio en el atributo “Fecha” para usar el tipo de dato simple de CFDI “tdCFDI:FechaH”.
4. Se agrega el atributo “tipoCombustible”.
5. Se agrega valor mínimo incluyente, posiciones decimales y patrón al atributo “cantidad”.
6. Se agrega longitud máxima “300” al atributo “nombreCombustible”.
7. Se modifica el nombre del atributo “tasa” a “TasaOCuota”.
8. Se modifican las posiciones decimales del atributo “TasaOCuota”  de “2” a “6”.
9. Se agrega el tipo simple Tipo Simple Global: c_ClaveTipoCombustible”.

Mientras que para el complemento Estado de Cuenta de Combustibles se anunciaron los siguientes cambios:

1. Cambio de versión “1.1” a “1.2”.
2. Cambio en el atributo “Fecha” para usar el tipo de dato simple de CFDI “tdCFDI:FechaH”.
3. Se elimina el atributo “TAR”.
4.  Se modifica el nombre del atributo “NoIdentificacion” a “TipoCombustible”.
5. Se modifica la descripción del atributo “TipoCombustible” de “Atributo requerido para indicar la clave del producto del combustible.” a “Atributo requerido para indicar la clave del tipo de combustible.”
6. Se modifica el nombre del atributo “TasaoCuota” a “TasaOCuota”.
7. Se elimina el tipo simple global “c_TAR y c_ClaveProducto”.
8. Se incorpora el uso del catálogo “cat_Combustible”.

Es importante recordar que estas modificaciones se suman a la ya programada entrada en vigor del uso obligatorio del complemento para pagos, el próximo 1 de septiembre del 2018.

Así como, el nuevo esquema de cancelación de la factura electrónica y el término del periodo de tolerancia para el uso correcto del catálogo de productos y servicios el próximo 1 de julio.

Estas actualizaciones tienen un impacto en el programa de facturación electrónica que utilices para emitir el CFDI con alguno de los complementos mencionados, por ello te recomendamos solicitar a tu proveedor de certificación realizar las actualizaciones correspondientes.

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