Las nuevas reglas del INFONAVIT aplican para artesanos, empleados domésticos, jornaleros o trabajadores bajo el régimen del apartado A del articulo 123 de la Ley correspondiente. |
Si recientemente
obtuviste un crédito de vivienda a través de INFONAVIT y eres artesano,
empleado doméstico, jornalero o tu régimen de trabajo corresponde a cualquiera
de los mencionados en el apartado A del artículo 123 de la misma Ley, sigue
leyendo.
Recientemente
el Diario Oficial de la Federación, publicó los siguientes conjuntos de reglas
para el otorgamiento de créditos INFONAVIT:
- Reglas para el Otorgamiento de Créditos a los Trabajadores Derechohabientes del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores.
- Reglas para el Otorgamiento de Créditos al Amparo del Artículo 43-Bis de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores.
Esta
modificación aplica en los casos en los que se otorga un crédito por los que se
aplica el saldo de la subcuenta de vivienda como pago inicial o como garantía
de crédito hacia alguna entidad financiera de donde provenga un
cofinanciamiento.
Es
importante mencionar que el nuevo esquema de pago es para aquellos trabajadores dentro
de los siguientes casos:
- Terminar la relación laboral y no ejercer oportunamente el derecho a la Prórroga.
- Si al vencer la Prórroga no estás sujeto a alguna relación laboral similar a las antes citadas.
- Jubilados o pensionados bajo el régimen de la Ley del Seguro Social aplicable.
- Si cambiaste de empleo y tu relación laboral no corresponde a ninguna de las mencionadas en el apartado A del artículo 123 de la Ley del INFONAVIT.
- Laborar para un patrón que no está obligado a realizar aportaciones al Instituto.
- Crédito para Ecotecnologías
- Caracterizas de la vivienda
- Garantía
- Asignación de primer crédito
- Monto de crédito
- Gastos
- Crédito conyugal
- Uso de subcuenta de vivienda
- Monto máximo
- Gastos y seguros
- Descuentos
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