El SAT tendrá la facultad de apoyarte para conseguir el perdón fiscal. |
Con
la modificación al Reglamento Interno sobre la suspensión del proceso penal
contra contribuyentes y el perdón de delitos fiscales, la Secretaría de
Hacienda y Crédito Público otorgará a los contribuyentes otras opciones para solucionar
este tipo de situaciones.
Debido
a la adición de la fracción XXVII al artículo 10 de dicho reglamento, la
Procuraduría Fiscal de la Federación tendrá la jurisdicción de suspender cualquier
proceso penal u otorgar un perdón fiscal gracias a la intervención del Servicio
de Administración Tributaria.
Si
el acusado acude a cubrir su deuda con la autoridad fiscal y con ello repara
el delito financiero en el que ha incurrido, el SAT podrá intervenir por él
para evitar que se inicie un procedimiento penal en su contra.
En
ese sentido, el SAT notificará a la PFF que el adeudo del contribuyente fue
saldado con lo que se iniciará el proceso para el otorgamiento del perdón
fiscal al tomar en cuenta la información, documentos y otros que el
contribuyente proporcione a la autoridad.
La Procuraduría Fiscal tiene la facultad de negarse a
otorgar el perdón si el contribuyente se encuentra en alguna de las opciones
que fueron invalidadas dentro del reglamento, tales como:
- Si el pago se fue espontaneo
- Existían otros juicios o litigios contra el fisco.
- Si las comisiones supervisoras del sistema financiero o áreas competentes de la SHCP otorgaban el perdón.
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