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En los comunicados y
campañas de información acerca de la nueva cancelación de la factura, el
Servicio de Administración Tributaria dejó claro que el emisor debe solicitar
la aceptación del receptor, pero ¿Qué sucede si es el cliente quien desea
cancelar el comprobante?
Dentro de las nuevas disposiciones para cancelar una factura, el
contribuyente receptor cuenta con nuevos medios de comunicación con el emisor y
con las herramientas para solicitar la corrección y nueva emisión del
comprobante, por ejemplo: el buzón tributario y sistemas para la emisión de
facturas.
En principio, el
receptor debe verificar si el CFDI es cancelable de acuerdo con las
validaciones especificadas antes de proceder a llevar a cabo la cancelación,
posteriormente se recomienda notificar al emisor sobre la intención de
corregir.
A diferencia de la
notificación de cancelación proveniente del emisor, el receptor no cuenta con
una fecha límite para que recibir respuesta, sin embargo, sí debe informar y
participar en el diálogo que les permita a ambas partes.
Con la adquisición de un
producto o servicio, es importante contar con los datos del proveedor, esto no
significa que debas conocer su nombre, teléfono y dirección pero sí contar con
un medio a través del cual puedas ponerte en contacto con él o ella.
Recuerda que la
cancelación de comprobantes fiscales está permitida únicamente cuando se
detectan errores de captura, cálculo de impuestos o corrección del concepto.
De este punto en
adelante, es labor del sistema de facturación electrónica que utilizas,
realizar las validaciones indicadas en las disposiciones oficiales y llevar a
cabo la cancelación del CFDI de manera automatizada.
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