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Aplican primer estímulo fiscal a gasolina


Esta es la primera reducción del año al IEPS.
Este será el primer apoyo al consumidor en el pago del impuesto que se aplica en la compra de gasolinas, el cual se calcula en 10.22%, lo que significa una reducción de 4.06 a 3.645 pesos por litro.

Este fin de semana la Secretaría de Hacienda y Crédito Público informó que se aplicará el primer estímulo fiscal del año a la cuota del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, IEPS.

La publicación se realizó este viernes 22 de marzo en el Diario Oficial de la Federación, donde se estableció que del domingo 23 al próximo 29 de marzo de 2019, se aplicará dicho estímulo a la gasolina conocida como roja.

De la misma forma a la gasolina magna se le aplicará el 27.96%, lo que dejará al IEPS pagado por los consumidores en 3.465 pesos por litro, mientras que por el litro de diésel se pagará 1.426 pesos.

De acuerdo con la SHCP, este cambió se debe a que se desvincularon factores de la fórmula empleada “para determinar el estímulo” como, precios de mayoreo, compuestos por referencias internacionales, ajuste de calidad, costos de almacenamiento, logística e impuestos.

El IEPS es un impuesto que se aplica al valor de las gasolinas y se traslada al consumidor de hidrocarburos, es decir, quienes realizan la compra de combustibles tipo premium, magna o diésel son responsables de hacer el pago.

Como todos los impuestos, el IEPS es un impuesto que se debe registrar la factura electrónica que se emite en la venta de gasolinas por parte del proveedor a través de sistema de facturación en la página del SAT o de un proveedor de certificación como Facturaxion en la Nube.

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Aplican primer estímulo fiscal a gasolina

Jóvenes Construyendo el Futuro tendrán RFC

Jóvenes con RFC podrán presentarse
como profesionales activos.

Para contribuir y fomentar la cultura fiscal los jóvenes que reciban el estímulo económico del programa Construyendo el futuro, podrán solicitar su inscripción al Registro Federal de Contribuyentes.

Así lo indico la jefa del SAT, Margarita Ríos-Farjat, en el marco del Foro de Nueva Visión del SAT, que se llevó a cabo el pasado mes con la organización del Instituto Mexicano de Contadores Públicos de Nuevo León.

La intención de dicha propuesta es generar una disciplina fiscal a temprana edad, así como introducirlos como fiscalizadores, afirmó la máxima representante del Servicio de Administración Tributaria.

Al recibir un ingreso por una actividad económica, se considera que una persona debe inscribirse en el SAT, sin embargo, la funcionaria no explicó los beneficios u obligaciones de quienes obtengan el estímulo y se inscriban al RFC.

Cabe mencionar que para el cierre de 2017 habían cerca de 65 millones de contribuyentes, cifra que se alcanzó gracias a un crecimiento del 68.1% desde 2012 de acuerdo con cifras del Informe Tributario y de Gestión del SAT.

Para tramitar el RFC, los candidatos pueden hacerlo a través de la página oficial del SAT solo con su CURP, comprobante de domicilio e identificación oficial.

Finalmente, la jefa del SAT felicitó y reconoció el trabajo de los contadores públicos en el proceso tributario, a quienes aseguró que el SAT siempre estará abierto a la comunicación para mantener la relación.

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Publicadas por Facturación Electrónica

Jóvenes Construyendo el Futuro tendrán RFC

Otorgan estímulo fiscal para producción de obras artísticas

Empresas podrían obtener 2 millones de pesos
en un crédito fiscal.

¿Sabías que el Efiartes 2019 te permite obtener hasta 2 millones de pesos para emprender tu propio proyecto en artes como danza, artes visuales, música y teatro?

El Estímulo Fiscal a Proyectos de Inversión en la Producción Teatral Nacional o Efiartes, es un apoyo económico que se otorga para la creación y producción de artes visuales, danza, música y teatro.

Cobra forma en un crédito fiscal en el Impuesto sobre la Renta al que pueden acceder personas físicas y morales inscritas ante el Servicio de Administración Tributaria y por lo tanto cuenten con RFC.

El estímulo está enfocado a promover el desarrollo de Artes Visuales, danza, música en los campos específicos de dirección de orquesta, ejecución Instrumental y vocal de la música de concierto y jazz.

Para obtenerlo, la convocatoria indica que debes contactar una empresa que esté interesada en invertir en tu proyecto hasta 2 millones de pesos o el 10% de tu ISR y seguir estos pasos:

1.       Ingresa al Sistema en línea
2.      Selecciona la disciplina de interés:
a)     Efiartes visuales
b)     Efidanza
c)      Efimúsica
d)     Efiteatro
3.      Registra la información que te solicitan
4.      Adjunta los documentos que se solicitan en las reglas, requisitos y lineamientos de la convocatoria.
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Posteriormente el comité encargado evaluará si tu proyecto resulta viable en el aspecto artístico y financiero, la Secretaría de Hacienda acreditará un crédito fiscal a la empresa inversionista y tú el dinero para producir tu idea.

Efiartes tiene fundamento legal en el artículo 190 de la Ley del Impuesto sobre la Renta aunque también puedes acercarte al Instituto Nacional de Bellas Artes y Literatura y consultar la convocatoria completa.

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Publicadas por Facturación Electrónica

Otorgan estímulo fiscal para producción de obras artísticas

Contribuyentes aplicarán dos tasas en IVA

Contribuyentes decidirán qué tasa del IVA
aplicar de acuerdo a la operación realizada.

Desde la publicación oficial del estímulo fiscal para la región fronteriza norte, los contribuyentes que hayan presentado su aviso ante el RFC, pueden emitir facturas electrónicas eligiendo la tasa de IVA que quieren aplicar a una operación.

Oficialmente el Servicio de Administración Tributaria ha realizado las adaptaciones necesarias para acoplarse al modelo fiscal emitido por decreto, tanto en la parte tecnológica como en el esquema de facturación electrónica práctico.

Una de estas modificaciones implica la adición de la nueva clave del catálogo para el llenado del CFDI, Tasa o Cuota, el cual permite a los contribuyentes elegir facturar con el 0%, 8% y 16% u otra que se maneje en materia de IVA.

Para ello, previamente los contribuyentes deberán estar registrados en la Lista de Contribuyentes con Obligaciones con la debida autorización del SAT como contribuyentes beneficiados con el estímulo.

De esa forma tanto el SAT como el sistema de facturación electrónica utilizado podrá identificar si el contribuyente cuenta con obligaciones o se encuentra exento de aplicar el impuesto.

Por ejemplo, si una tienda de electrónicos que se localiza en Tijuana, realiza la venta de una computadora a un cliente ubicado en la Ciudad de México, no se podrá aplicar la reducción en la tasa del IVA.

Es decir, aunque el contribuyente que hizo la venta es beneficiario del estímulo fiscal, el bien enajenado fue entregado en una localidad, por lo que tendrá que aplicar el 16% de IVA.

Esto se debe a que uno de los requisitos para acceder a la reducción del IVA es que los bienes enajenados sean vendidos y entregados en alguno de los municipios que colindan entre México y Estados Unidos.

Como este, no todos los productos vendidos o los servicios prestados serán entregados por ello es importante que todos los actores de la facturación electrónica, el SAT, los contribuyentes y proveedores de certificación verifiquen la tasa de IVA que será aplicada a la operación de acuerdo al lugar donde se entregue el bien.

Cabe mencionar que además del catálogo de Tasa o Cuota, otros catálogos como el de Códigos postales y Clave de productos y servicios fueron modificados para incluir la marca del estímulo fiscal.

Es muy importante tener en cuenta que los proveedores de certificación ya debieron haber adoptado las especificaciones técnicas y tecnológicas pronunciadas por el Servicio de Administración Tributaria para que todo lo anterior se lleve a cabo.

Si eres uno de los contribuyentes beneficiados, con Facturaxion en la Nube ya puedes emitir la factura electrónica con el estímulo fiscal para la región fronteriza norte. Conoce más en www.facturaxion.com

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Contribuyentes aplicarán dos tasas en IVA

Prórroga para el estímulo fiscal del IVA en la frontera

Para el estímulo fiscal fronterizo habrá una fecha de
inscripción una vez al año.

Este jueves 7 de febrero se venció el plazo para que contribuyentes con los requisitos para acceder al estímulo fiscal del IVA en la región fronteriza norte, presentaran el aviso ante el RFC, no obstante, dicho plazo podría ampliarse.

Al parecer, las empresas y las personas físicas contarán con otros 3 o 4 meses adicionales para aplicar al estímulo fiscal del Impuesto al Valor Agregado en las zonas de México que colindan con Estados Unidos.

De acuerdo con fuentes del Colegio de Contadores de México, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público ampliará el plazo por el cual los contribuyentes interesados puedan aplicar para obtener los beneficios del estímulo fiscal para la RFN.

Por otra parte, en el medio digital El Contribuyente, se publicó la confirmación por parte de Carlos Romero Aranda, procurador fiscal de la Federación de la SHCP, quien sostuvo que se está analizando la situación “para abrir una fecha adicional y una fecha específica para inscribirse año con año”.

Actualmente la reducción de la tasa en impuestos como el IVA e ISR ya se encuentra en funciones y los contribuyentes ya emiten la factura electrónica por las operaciones que realizan con el 8% y 20% correspondiente.

No hace falta decir que a raíz de su implementación el programa Estímulos Fiscales para la Región Fronteriza Norte, se han generado dudas e incertidumbre por lo que seguiremos informándote acerca de los detalles y nuevos datos que se generen en torno a este tema.

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Prórroga para el estímulo fiscal del IVA en la frontera

Productos en los que no aplicará el Estímulo Fiscal RFN

En bienes inmuebles y productos intangibles
no se podrá aplicar el estímulo fiscal para la región fronteriza norte.
 

Aunque muchos celebraron la reducción en la tasa del IVA e ISR para la Región Fronteriza Norte, detectamos que existen conceptos del catálogo de productos y servicios en los que no se puede aplicar dicho estímulo fiscal.

En su última modificación, publicada el pasado 07 de enero 2019, el catálogo de productos y servicios que se utiliza para el llenado de la factura electrónica, muestra una lista de 345 conceptos a los que no se les puede aplicar dicha reducción, entre ellos: bienes inmuebles e intangibles.

Como bien dice una de las condiciones del estímulo fiscal para la región fronteriza norte, se puede aplicar una tasa del 8% al IVA siempre y cuando el servicio o producto se entregue fiscalmente en el la zona autorizada.

Victor Manuel Vargas, especialista e investigador fiscal de Facturaxion en la
Nube, nos explicó que esto se debe a que, se debe cumplir con la condición
de que las transacciones se celebren dentro de la zona geográfica que es
sujeta del beneficio previsto por el estímulo.

En cuanto a servicios, Victor Manuel Vargas identificó principalmente productos como la descarga de contenido electrónico, por ejemplo, software y contenidos digitales.
Por otra parte, el giro de arrendamiento también quedó excluido de los beneficios del estímulo como, la venta de una casa, un predio, entre otros relacionados.

En el momento de emitir la factura electrónica por alguno de estos productos, los servicios de facturación electrónica que Facturaxion en la Nube te brinda te permitirán, en automático, visualizar la tasa de IVA que se está aplicando al concepto, recuerda que con la renovación del CFDI este es un requerimiento fiscal.

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Productos en los que no aplicará el Estímulo Fiscal RFN

¿Cómo acceder a la reducción del ISR e IVA en la frontera norte?

Hasta el 31 de enero se puede realizar la solicitud
de reducción de IVA y el 31 de marzo del ISR
El 31 de diciembre en el Diario Oficial de la Federación, DOF, se publicó el Decreto de estímulos fiscales en la región fronteriza norte, el cual contiene los lineamientos para contar con el beneficio de reducción del ISR e IVA. A continuación te mostramos los requisitos para ser acreedor a estos, sin embargo, te recomendamos ingresar al sitio web del SAT para conocer con más detalle las condiciones.


Requisitos IVA:
  • Personas físicas y morales que enajenen bienes, que realicen actividades de prestación de servicios independientes u otorguen el uso o goce temporal de bienes en locales o establecimientos en alguno de los municipios acreedores. Excepto los bienes intangibles e inmuebles.
  • No contar con créditos fiscales firmes, sin pagar, determinados, incobrables o condonados.
  • Que el RFC no se encuentre como "no localizado" o haber sido condenado por un delito fiscal. 
  • Presentar un aviso de aplicación del estímulo fiscal antes del 31 de enero 2019.


Requisitos ISR:
  • Domicilio fiscal en unos de los municipios mencionados en el DOF con antigüedad mínima de 18 meses. Si no se cumple este requisito, deben comprobar su capacidad económica, sus instalaciones y activos.
  •  Ser personas físicas y morales residentes en los municipios señalados en el DOF o aquellos que moren en el extranjero con establecimientos en México,
  • Que tributen en los regímenes de personas físicas, morales, de personas físicas con actividades empresariales y profesionales y de la opción de acumulación de ingresos por personas morales.
  • Al menos 90% de ingresos en la frontera norte durante su ejercicio anterior.
  • Contar con acceso al buzón tributario, e.firma y participar semestralmente con el SAT en el “Programa de Verificación en tiempo real.” 
  • Contar con opinión positiva de cumplimiento de obligaciones fiscales.          
  • Inscripción en el padrón antes del 31 de marzo.

Te recomendamos leer al detalle el decreto en el DOF y en el sitio del SAT, así como verificar cada punto para que puedas gozar de este beneficio.

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¿Cómo acceder a la reducción del ISR e IVA en la frontera norte?