Ya viene el aguinaldo

Todos los trabajadores tienen derecho a recibir
el pago del aguinaldo.
Antes del 20 de diciembre, todos los trabajadores que laboran bajo la Ley Federal del Trabajo, deben recibir el pago del aguinaldo, una prestación obligatoria que se paga año con año.

En el artículo 87 de la LFT se establece que los trabajadores tienen derecho a recibir, por lo menos, 15 días de sueldo una vez cumplido un año de trabajo, no obstante, se deben tener en consideración aquellos casos donde no se concluyo dicho periodo.

Por ejemplo, si un trabajador recibe 5 mil pesos netos mensuales, se divide esta cantidad entre 30, obteniendo como resultado 166.66 lo que se debe multiplicar por 15 y el resultado es el monto a pagar por concepto de aguinaldo, es decir, 2,500.00 pesos.

Sin embargo, cuando el trabajador acaba de incorporarse a sus actividades o cambió de trabajo, las empresas deben realizar el pago de la parte proporcional de acuerdo al tiempo trabajado.

En este caso, se debe proceder a dividir el salario mensual neto, entre 30 para obtener el salario diario, multiplicarlo por 15 para obtener el aguinaldo completo, dividirlo entre los días de todo el año y finalmente, multiplicarlo por los días que el trabajador laboró.

Para los patrones es muy importante considerar que el pago de aguinaldo es una prestación que debe registrarse obligatoriamente en los recibos de nómina del trabajador para informar al SAT sobre su cumplimiento y con ello acceder a la deducción total.

Por ello, deben contar con un sistema para la emisión de comprobantes fiscales como el de Facturaxion en la Nube, el cual te permite realizar el desglose de dicho concepto de acuerdo con las especificaciones de la autoridad fiscal.
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