Lo que debes saber sobre los 29 complementos del CFDI

Para 2017, los contribuyentes podrán disponer de 29 Complementos.


Una vez publicada la Resolución Miscelánea Fiscal, el Servicio de Administración Tributaria da a conocer en su portal los complementos que permiten a los contribuyentes añadir información a una factura.

Este año, la RMF incluye 29 Complementos de uso obligatorio, los cuales deben ser aplicados por los contribuyentes de sectores o actividades específicas pasados treinta días naturales a partir de su publicación.

Timbre Fiscal Digital o TFD
·         Estado de cuenta de combustibles de monederos electrónicos
·         Donatarias
·         Compra-venta de divisas
·         Otros derechos e impuestos
·         Leyendas fiscales
·         Persona física integrante de coordinado
·         Turista pasajero extranjero
Spei de tercero a tercero
CFDI Registro Fiscal
·         Recibo de pago de nómina
·         Pago en especie
·         Vales de despensa
·         Consumo de combustibles
·         Aerolíneas
·         Notarios públicos
·         Vehículo usado
Sector de Ventas el Detalle o Detallista
·         Renovación y sustitución de vehículos
·         Certificado de destrucción
·         Obras de arte plásticas y antigüedades
·         INE
·         Comercio exterior
·         Recepción de pagos
·         Servicios parciales de construcción

Para evitar incurrir en errores en la emisión de tus facturas, debes añadir el Complemento que mejor se adapte a ti, por ejemplo, en caso de recibir un adelanto por un producto o servicio que otorgas, el Complemento de Recepción de Pagos debe estar añadido a las facturas que emitas por el monto abonado.

Por otra parte, también se consideran:



Complementos de concepto

·         Instituciones educativas privadas

·         Venta de vehículos

·         Terceros

·         Acreditamiento del IEPS

Recuerda que a partir del 1 de enero, entrarán en vigencia las modificaciones a los Complementos de Comercio exterior, en el caso de importación de mercancías y Recepción de pagos, para retribuciones en parcialidades.

Si tienes alguna duda sobre los criterios establecidos para cada Complemento, puedes consultar las Guías de llenado disponibles en el portal del SAT.
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