¿Facturas gratuitamente? Debes iniciar la obligación el 1 de julio.
La prórroga publicada por el SAT para el CFDI 3.3 es aplicable únicamente a contribuyentes. |
Pese a que el SAT extendió
el periodo para la entrada en vigencia del Anexo 20 v3.3, perdura la obligación
para cualquier sistema de facturación de adoptar el nuevo esquema de la
factura electrónica y sus Complementos a partir del 1 de julio.
Con ello muchos
contribuyentes deben comenzar a facturar de acuerdo con las nuevas reglas de validación
y atributos añadidos al CFDI desde el primer minuto del 1 de julio. ¿Eres tú
uno de ellos? Sigue leyendo.
Lo primero es aclarar
que la prórroga publicada por el SAT es aplicable únicamente a contribuyentes,
lo que quiere decir que los Proveedores de servicios de facturación continuarán
trabajando para que la implementación de las mejoras al CFDI funcione en tiempo
y forma el 1 de julio.
A partir de esa fecha, los
sistemas de cada PAC contarán con un ambiente de convivencia entre los dos
esquemas de la factura electrónica, la versión 3.2 y la 3.3, lo que da a los
contribuyentes que pagan por servicios para facturar, la oportunidad de elegir entre
los dos esquemas para generar sus Comprobantes.
Por lo tanto, en los
casos donde el contribuyente utiliza una la aplicación gratuita para facturar, la
obligación debe ser adoptada tal cual se estableció previamente.
Por ejemplo, si emites
facturas a través de Mis Cuentas del SAT o en la plataforma gratuita de algún
Proveedor Autorizado de Certificación, automáticamente estarás emitiendo un
CFDI con la estructura del Anexo 20 v3.3 en la fecha mencionada.
En caso de que lo
anterior se aplique a tu situación, es importante que antes de que se apliquen
estos cambios conozcas la información que se añadió a la factura electrónica,
así como la que ya no aparecerá en dicho documento.
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