Facturación de viáticos no comprobados

Aunque no puedas comprobarlos, todos los viáticos
deben ser reportados a la autoridad fiscal.
Previamente hemos revisado la forma de registrar viáticos en una factura electrónica, en esta ocasión te explicaremos cómo se deben informar aquellos gastos realizados por los que no se emitió un ticket o comprobante, considerados como viáticos no comprobados.

A partir de la entrada en vigencia de la versión 1.2 del comprobante de Nómina, se convirtió en una obligación informar a la autoridad fiscal los ingresos al trabajador que no forman parte de la nómina.
Esto se logra a través de la emisión de un CFDI de nómina con la clave 050 para viáticos del catálogo tipo de precepciones, la cual se ingresa en el campo Tipo Percepción para indicar que se trata de un importe exento.
Sin embargo, de acuerdo con la guía de llenado del comprobante del recibo de nómina, a diferencia de los viáticos que pueden ser comprobados, los viáticos no comprobados se deben registrar como importes gravados.
De igual forma en el CFDI de nómina emitido al trabajador, se debe ingresar la clave 003 para Viáticos entregados al trabajador del catálogo TipoOtroPago.
Pare estos efectos, los gastos no comprobables deben cumplir con estas características:
  • No pueden ser comprobados por el trabajador
  •  No cumplen con los requisitos fiscales
  • No se aplica lo dispuesto en el Artículo 152 del Reglamento de la Ley del Impuesto sobre la Renta, es decir, el gasto supera los $15,000.00.
Es importante mencionar que los gastos de hospedaje y pasajes de avión se consideran como viáticos que pueden ser comprobados.
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