Ponte al día con la contabilidad electrónica ya que no hay amparo que valga

De acuerdo con el presidente del Instituto Mexicano de Ejecutivos de Finanzas (IMEF), solamente el 20% de las empresas mexicanas están listas para migrar al sistema de contabilidad electrónica que entrará en vigor el 1 de enero de 2015.

Entre el 40% y 50% están en proceso y un alarmante 20% todavía no realiza ningún tipo de trámite. 

¿Tu empresa ya está lista para enfrentarse en el 2015 a las nuevas disposiciones legales?

Algunos contribuyentes están optando por los amparos para evitar la contabilidad electrónica; sin embargo, solamente les brindarán un poco más de tiempo para poner su contabilidad al día, en caso de que no lo esté. El pleno de circuito en materia administrativa informó que es improcedente la suspensión en vía de amparo a favor de personas físicas o morales que se amparen contra la obligación de enviar al Servicio de Administración Tributaria (SAT) su contabilidad electrónica por Internet.

Si perteneces a ese 20% de la población que aún está atrasado en su migración a la contabilidad electrónica es conveniente que consideres los siguientes datos:

Es la obligación que tienen los contribuyentes a llevar su contabilidad en medios electrónicos, así como ingresar la información contable requerida de forma mensual a través de la página de Internet del Servicio de Administración Tributaria.

¿Quiénes tienen que llevar a cabo la contabilidad electrónica?

Tanto personas físicas como morales. Inicialmente se había dicho que tanto las personas morales tendrían que hacerlo desde el 1 de julio de este año, pero se dio prórroga hasta Enero de 2015, fecha en la que tanto personas físicas como empresas tendrán que enviar su contabilidad de manera electrónica.

El contribuyente debe llevar un sistema que le permita:
1. Registrar la contabiliad en archivos electrónicos con extensión .xml.
2. Generar tres archivos electrónicos con esta extensión: catálogo de cuentas, balanza de comprobación y archivo con la información de las pólizas generadas, en las que se deben distinguir los CFDI que soporten las operaciones.
Una vez que el contribuyente cuente con estos archivos, deberá ingresar al Buzón Tributario de la página de Internet del SAT.

¿Cómo nos beneficia la contabilidad electrónica?

En un país como México, no solamente la contabilidad sino todas las reformas fiscales para 2014 representan una evolución en la vida de los negocios, pues además de fomentar la cultura digital entre los contribuyentes se ha hecho una gran implementación de sistemas y herramientas tecnológicas de primer mundo, que garantizarán el correcto cumplimiento de las obligaciones fiscales.

¿Qué pasa si no hago mi contabilidad electrónica?

Serás acreedor a una sanción del SAT, que con base en el artículo 84 del Código Fiscal de la Federación establece multas desde 1,200 hasta 77,600 pesos además de que corres el riesgo de que cierren tu negocio.

Así que ya sabes, es mejor prevenir contingencias, adelantarse y estar al día pues ante los ojos del órgano tributario no habrá amparo que valga.
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