CFDI 3.3: facturación de donativos

Los donativos deben ser facturados de acuerdo
a su clasificación.
Por disposición fiscal aquellos fondos y bienes materiales entregados por razones de caridad, se consideran como donativos, por ello deben ser registrados a través de un comprobante fiscal.

Con la modificación y actualización de la factura electrónica, la forma en la que se debe facturar por concepto de donativos también está en proceso de renovación.

Para saber la información que se debe registrar en una factura por donativos, lo primero que se debe saber es que existen diferentes clasificaciones y de acuerdo con ellos es la forma del llenado.

Donativo en numerario
-      Se debe registrar la clave 84707600 para financiación de ayudas, como Producto o Servicio.
-      Número de autorización.
-      Fecha de autorización.
-      Leyenda: Este tipo de comprobante, ampara un donativo destinado por la donataria a su objeto social.

Donativo en especie
-      Forma de pago: 12 para dación en pago.
-      Clave de producto o servicio, dependerá de el bien donado.
-      Clave de unidad de mediad, de acuerdo al bien donado.
-      Valor del bien donado.
-      Numero de autorización.
-      Fecha de autorización.
-      Leyenda: Este tipo de comprobante, ampara un donativo destinado por la donataria a su objeto social.

Donativo global en numerario
-      RFC genérico, XAXX010101000
-      Registro uno a uno de los conceptos.
-      Uso del CFDI P01 para Por definir.

Donativo global en especie
-      RFC genérico, XAXX010101000
-      Registro uno a uno de los conceptos.
-      Uso del CFDI P01 para Por definir.
-      Descripción de cada uno de los bienes donados, incluida la clave de producto o servicio y unidad demedida


Encuentra la información completa en la Guía de llenado del Comprobante Fiscal Digital versión 3.3 en el portal oficial del SAT.
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