Las donatarias autorizadas deben informar al SAT sobre los bienes recibidos. |
Recibir
donativos que sean deducibles de impuestos es una actividad vigilada por ello,
antes de recibir cualquier donativo, obtén la autorización del SAT.
Aquí te
explicamos cómo.
Antes
de autorización de la autoridad para recibir donaciones que sean deducibles, cuestiónate
sobre el objetivo social que vas a cumplir, en ese sentido la ley solo
considera los siguientes:
- Asistenciales
- Educativas
- Investigación científica o tecnológica
- Culturales
- Ecológicas
- De preservación de especies en peligro de extinción
- Becantes
- De obras o servicios públicos
- De desarrollo social
- De apoyo económico
- Museos y bibliotecas privados
- Escuela-empresa
Una
vez decidido lo anterior, lo primero es dar de alta y confirmar tu acceso al
Buzón Tributario, recuerda que este es el medio de comunicación más seguro entre
tú y el Servicio de Administración Tributaria.
Existen
diferentes tipos de solicitudes de acuerdo al tipo de donativos que vas a
recibir:
- Solicitud de autorización para recibir donativos deducibles.
- Avisos para la actualización del padrón y directorio de donatarias autorizadas para recibir donativos deducibles.
- Solicitud de nueva autorización para recibir donativos deducibles.
- Solicitud de autorización para aplicar los donativos deducibles recibidos en actividades adicionales.
- Solicitud de autorización para recibir donativos deducibles de conformidad con el convenio para evitar la doble Imposición e impedir la evasión fiscal en materia de impuesto sobre la renta, suscrito por el gobierno de los Estados Unidos Mexicanos y el gobierno de los Estados Unidos de América.
Te
recomendamos poner mucha atención en los beneficios y obligaciones por cada uno
de ellos.
No
olvides considerar que una de las obligaciones fiscales de las donatarias
autorizadas, es la emisión de la factura electrónica como medio de comprobación
y de la misma forma para quien realiza donaciones, ¿quieres saber más? Visítanos
en www.facturaxion.com
Si ya
te decidiste, consulta la información completa en el portal oficial de internet
del Servicio de Administración Tributaria.
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