Empresas y empresarios presentarán información de ingresos y gastos. |
Esta es una obligación
que tienen todas aquellas personas que realizaron actividades o la venta de
algún producto por el que obtuvieron ingresos.
Dichas actividades,
con o sin factura electrónica deben ser informadas al Servicio de
Administración Tributaria, la institución dependiente de la Secretaría de
Hacienda y Crédito Público.
Entre los
obligados, se encuentran las personas físicas que:
- Están inscritas en el Régimen de Servicios Profesionales
- Realizan actividades profesionales o que se encuentran inscritos al Régimen de Incorporación Fiscal y eligieron hacer pagos provisionales de forma bimestral con el coeficiente de utilidad.
- Obtuvieron ingresos por dos o más patrones.
- Dejaron de prestar servicios antes del 31 de diciembre de 2018.
- Recibieron ingresos anuales que exceden los 400 mil pesos.
- Generaron ingresos por salarios en el extranjero o proveniente de personas no obligadas a efectuar las retenciones.
- Recibieron ingresos por indemnización o jubilación.
- Obtuvieron ingresos por actividades de agricultura, ganadería, pesca y silvicultura.
Para cumplir con
esta obligación, los contribuyentes solo deben contar con su RFC completo y la
contraseña con la que ingresan al aplicativo del SAT.
Uno de los
beneficios de presentar la declaración anual es la deducibilidad de gastos, lo
que podría generar la devolución de una
parte de las inversiones realizadas, para ello debes contar con una cuenta a tu nombre y
registrar el nombre del banco, así como el número de cuenta CLABE.
Aunque es importante
tener en orden tu contabilidad durante todo el año, en estas fechas te
recomendamos recabar todos tus comprobantes, los de ingresos y los de gastos.
Consulta todas tus
facturas electrónicas emitidas en los últimos tres meses a través del Portal de
Facturaxion en
la Nube.
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