Existen situaciones en la que no necesitas al receptor para cancelar una factura. |
A lo largo de la implementación del nuevo servicio de
cancelación, hemos estado escuchando hablar acerca de los nuevos estados de la
factura electrónica, uno de ellos es la cancelación sin aceptación o
cancelación directa, la cual permitirá al emisor, cancelar un CFDI sin contar
con la aceptación del receptor.
¿Cuándo aplica la cancelación directa?
La cancelación sin aceptación, es una modalidad del
nuevo servicio de cancelación que pude ser aplicada a la factura electrónica únicamente
en los siguientes supuestos:
1. Amparen ingresos por un monto de hasta $5,000.00
2. Por concepto de nómina
3. Por concepto de egresos
4. Por concepto de traslado
5. Por concepto de ingresos expedidos a
contribuyentes del Régimen de Incorporación Fiscal.
6. Emitidos a través de la herramienta
electrónica de Mis Cuentas.
7. Que amparen retenciones e información de
pagos.
8. Expedidos en operaciones realizadas con el
público en general.
9. Emitidos a residentes en el extranjero
para efectos fiscales conforme a la regla 2.7.1.26
10. Cuando la cancelación se realice dentro de
los tres días siguientes a su expedición.
11. Los emitidos a través de las aplicaciones
de sector primario.
12. Los emitidos por los integrantes del
sistema financiero.
Contar con esta información te será de utilidad para
saber si una factura electrónica puede o no ser cancelada sin consultar al
receptor, no obstante, serán los proveedores
autorizados de certificación o el mismo SAT quienes realicen las
validaciones a través de sus sistemas para proceder a la cancelación.
Estas excepciones se amparan en el artículo 29-A del
Código fiscal de la Federación.
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de la factura electrónica
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