Si tributas en el RIF, emite el CFDI al público
en general.
La factura global es una obligación para contribuyentes del RIF. |
Se
conoce como una factura por operaciones con el público en general o CFDI
global, a aquellos comprobantes fiscales que se emiten por las ventas al
público.
Es
una obligación que se genera para quienes obtienen ingresos por la venta de
algún producto o servicio, fundamentado en el artículo 29 y 219-A del Código
Fiscal de la Federación.
En
el caso de los contribuyentes del Régimen de Incorporación Fiscal, se les
permite elaborar el CFDI global de forma biemestral a través de Mis Cuentas del
SAT, donde el único dato solicitado es el monto total de las operaciones del
bimestre y el periodo correspondiente.
Aprende
a generar la factura al público en general y la información que se debe
registrar en ella, siguiendo estos pasos:
1. Ingresa al portal del SAT en www.sat.gob.mx
2. Dirígete a la sección Factura Electrónica y selecciona Factura Electrónica en Mis Cuentas.
3. En el menú principal, da clic en Factura fácil y después en Generar nueva factura 3.3
4. Captura tu RFC, contraseña y el código captcha
que se muestra en la pantalla. Da clic en Enviar.
5. Si es la primera vez que ingresas, configura la
sección Administración de catálogos, con
la información favorita para el pre llenado de tus facturas.
6. Captura la siguiente información:
ü Datos del emisor
·
Nombre o
razón social. Dato opcional.
·
RFC
·
Régimen
fiscal
·
Tipo de
factura
ü Datos del receptor
·
Cliente
frecuente
-
RFC genérico:
XAXX010101000
·
Uso de la
factura
ü Comprobante
·
Fecha y hora
de expedición.
·
Código postal
·
Moneda
·
Forma de pago
·
Método de
pago
·
Tipo de
cambio
ü Conceptos
·
Impuestos
trasladados
·
Impuestos
retenidos
·
Clave de
producto o servicio: 01010101
·
Clave de
unidad
·
Cantidad
·
Descripción
·
Valor unitario
·
Importe
·
Descuento
·
Adicionales
7. Da clic en Agregar
y después en Sellar, enviar y
generar.
8. Finalmente, almacena el archivo XML y PDF del
comprobante.
Cabe
mencionar que la aplicación Mis Cuentas no permite el acceso a este servicio en
caso de:
·
No pertenecer
al Régimen de Incorporación Fiscal.
·
Superar el límite
de ingresos permitidos para usar la aplicación.
·
El contribuyente
se encuentra suspendido o en la lista de contribuyentes suspendidos.
Para
las operaciones que no se cubran al momento de generar la contraprestación, se
debe emitir un CFDI simplificado, un CFDI de forma individual y, a partir del 1
de septiembre del 2018, la factura con el complemento de recepción de pagos.
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indebidas en el CFDI de pagos
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