Si tienes capital en el extranjero, este es el momento de traerlo a México pagando el mínimo de impuesto.
Tienes hasta el 19 de octubre para aprovechar la facilidad y regresar del extranjero tus recursos. |
Esta semana, el SAT
publicó la prórroga para el retorno de capitales en la que se señala el 19 de
octubre como el último día para regresar al país e invertir los ingresos obtenidos
de inversiones y que se hayan mantenido en el extranjero hasta el 31 de
diciembre del 2016.
Hay que recordar que el
retorno de recursos del extranjero es una medida que el Gobierno mexicano en
conjunto con el SAT, implementó para reducir el impacto en la volatilidad
económica por la que el país pasó al inicio del año.
Esta facilidad permite a
personas físicas y morales residentes en México o en el extranjero con
establecimiento permanente en el país, pagar el 8% de ISR sobre el monto total
de los recursos retornados y acreditar el pago dicho impuesto que se haya
realizado en su momento.
De acuerdo con el SAT,
el impuesto que aplica en el retorno de capitales deberá pagarse dentro de los
15 días naturales siguientes a la fecha del regreso de los recursos al país.
Si estás interesado en
participar en esta modalidad, te compartimos las adquisiciones que se establecen
para destinar el capital retornado:
- Bienes de activo fijo como: bienes inmuebles, maquinaria, material de oficina, entre otros.
- Terrenos y construcciones.
- Investigación y desarrollo de tecnología y exclusivos a la ejecución de proyectos propios.
- Pago de pasivos que hayas contraído con partes independientes con anterioridad a la entrada en vigor del Decreto de esta medida.
- Realización de inversiones en México a través de instituciones de crédito o en casas de bolsa constituidas conforme a las leyes mexicanas.
No obstante, existe una
última condición: debes mantener la inversión durante dos años, además, no
puedes enajenar los bienes que adquieras con dicho capital.
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