Haz deducibles tus gastos del día a día: pide factura

Para poder solicitar la devolución de tus impuestos en tu Declaración Anual, debes comenzar a pedir facturas. El límite de las deducciones personales es de cuatro salarios mínimos anuales, es decir, 102 mil 346 pesos, o bien, el 10% del total de tus ingresos, incluidos los exentos, lo que resulte menor (excepto donativos y estímulos fiscales).

Los gastos que puedes deducir son:

Ø  Administradoras de fondos para el retiro. De aportaciones complementarias de retiro (Afore) o a las cuentas de planes personales de retiro, así como, las efectuadas a la subcuenta de aportaciones voluntarias. El monto máximo es de 10%.




Ø  Colegiaturas. Son deducibles sin exceder los siguientes montos:
      ·         Preescolar $14, 200
      ·         Primaria $12, 900
      ·         Secundaria $19, 900
      ·         Profesional técnico $17, 100
      ·         Bachillerato o su equivalente $24, 500

Ø  Créditos hipotecarios. Intereses reales por créditos hipotecarios destinados a casa habitación, contratados con el sistema financiero, Infonavit o Fovissste, etc., y siempre que el crédito otorgado no exceda de 750 mil unidades de inversión.

Ø  Donaciones. Donativos no onerosos ni remunerativos cuando se den a instituciones autorizadas para recibir donativos, por ejemplo, a la Cruz Roja.

Ø  Gastos funerarios. Solamente la cantidad que no exceda del salario mínimo, elevado al año, efectuados por el contribuyente para su cónyuge o concubino/a, así como para padres, abuelos, hijos y nietos. Los gastos para cubrir funerales a futuro serán deducibles en el año de calendario en que se utilicen los servicios funerales.

Ø  Gastos médicos. Estos gastos deben pagarse con transferencia electrónica, tarjeta de crédito o débito o cheques nominativos del contribuyente.
      ·         Dentista, tratamientos y consultas.
      ·         Gastos hospitalarios.
      ·         Medicinas incluidas en facturas de hospitales (no comprobantes de farmacias).
      ·         Análisis clínicos, estudios de laboratorio.
      ·         Compra o alquiler de aparatos para rehabilitación.
      ·         Honorarios a enfermeras.
      ·         Compra de prótesis.

      Compra de lentes ópticos graduados para corregir defectos visuales, hasta por un monto de 2 mil 500 pesos, siempre que se describan las características de dichos lentes en el comprobante o se cuente con el diagnóstico de oftalmólogo u optometrista

Ø  Impuestos locales. Que establezca un estado o la Ciudad de México, pagados sobre ingresos por salarios y, en general, por la prestación de un servicio personal subordinado, siempre que la tasa de dicho impuesto no exceda del 5%.

Ø  Primas por seguros. De gastos médicos, complementarios o independientes de los servicios de salud proporcionados por instituciones públicas de seguridad social, siempre que el beneficiario sea el contribuyente, cónyuge o concubino/a, ascendientes o descendientes en línea recta.

Ø  Transporte escolar. De hijos o nietos siempre que sea obligatorio o se incluya en la colegiatura para todos los alumnos y se señale por separado en el comprobante correspondiente. Estos gastos también deben pagarse con transferencia electrónica, tarjeta de crédito o débito o cheques nominativos del contribuyente.


De modo que, si quieres recibir saldo a favor en tu próxima Declaración anual, es necesario que solicites tus facturas desde ahora. Recuerda poner atención a los servicios que deben pagarse con transferencia electrónica, tarjeta de crédito o débito, o cheques nominativos del contribuyente. 
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