CONSULTA SOBRE
OPINIÓN DE CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES FISCALES
|
ACLARACIÓN A LA
OPINIÓN DEL CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES FISCALES
|
|
¿Quiénes lo presentan?
|
Personas físicas y morales que quieran ser
proveedoras de la Administración Pública Federal, Centralizada, Paraestatal,
Procuraduría General de la República y entidades federativas, o ser
beneficiarios de estímulos y subsidios; para realizar un trámite fiscal o de
comercio exterior u obtener una autorización en materia de impuestos.
|
Personas físicas y morales
|
¿Dónde se presenta?
|
En el portal del SAT
|
En el portal del SAT
|
Documentos
que se obtienen
|
Opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales
|
· Acuse de recibo de aclaración.
· Cuando es procedente la aclaración, la opinión del
cumplimiento.
· Cuando es improcedente, la respuesta
a la aclaración.
|
¿Cuándo se presenta?
|
Cuando el contribuyente lo requiera.
|
En cualquier momento, cuando no esté conforme
con la opinión del cumplimiento
|
Requisitos
|
No se requiere presentar documentación.
|
Adjuntar archivo digitalizado del soporte de la
aclaración.
|
Condiciones
|
Contar con e.firma vigente o contraseña.
|
Contar con e.firma vigente o contraseña
|
Compromisos del servicio
|
· Disponibilidad permanente.
· Emisión inmediata de la
Opinión del cumplimiento.
|
· Disponibilidad permanente.
· Emisión inmediata del acuse de recepción de la
aclaración. Asimismo, la Opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales,
cuando la aclaración es procedente o la respuesta a tu aclaración cuando es
improcedente.
|
Pasos para realizar el trámite
|
1)Ingresa a la sección Trámites y localiza el apartado Destacados.
2)Del apartado Destacados,
selecciona la opción “Opinión de
Cumplimiento”.
3)Ingresa tu clave de RFC y contraseña, o tu e.firma seguido de Enviar.
4) Llena los datos solicitados por el formulario electrónico y envía tu
trámite al SAT.
5)Imprime y conserva el Informe de opinión del cumplimiento de
obligaciones fiscales.
|
1) Ingresa a la sección Trámites, captura tu RFC y
contraseña en "Mi portal", seguido de iniciar
sesión.
2) Selecciona sucesivamente las siguientes opciones,
según sea el caso:
·Servicios por internet: aclaraciones: solicitud.
[cuando se trate de inconsistencias relacionadas con el RFC o la presentación
de declaraciones], o
·Servicios por internet: aclaraciones: créditos:
(opinión del cumplimiento). [Por inconsistencias
relacionadas con créditos fiscales o con el otorgamiento de la garantía].
3) Llena los datos solicitados por el formulario
electrónico, indicando el trámite que deseas realizar.
4) Ingresa los archivos con los documentos que soportan
tu aclaración y la opinión obtenida del trámite.
5) Envía tu trámite al SAT e
imprime tu acuse de recibo electrónico con el número de folio asignado.
|
Disposiciones jurídicas aplicables
|
Artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación;
reglas 2.1.31., 2.1.39., de la Resolución Miscelánea Fiscal.
|
Regla 2.1.39., de la Resolución Miscelánea Fiscal.
|
Fuente: SAT
Entrada más reciente
Entrada antigua
0 comentarios:
Publicar un comentario