Notificaciones del SAT

Ciudad de México, 28 de junio de 2016.

La notificación es el acto a través del cual la autoridad fiscal da a conocer a los contribuyentes el contenido de una resolución administrativa, a efecto de que estén en posibilidad de cumplirlo o de llevar a cabo acciones en su contra a través de los medios legales procedentes.

Su propósito es que la información enviada produzca los efectos correspondientes, dejando constancia de ello. Dichas notificaciones las reciben las personas físicas y morales a quienes la autoridad deba dar aviso sobre una situación o hecho relacionado con sus obligaciones fiscales. Para tales fines, el SAT utiliza los siguientes medios:

*Notificación personal.- Da a conocer de manera directa al destinatario el contenido del acto administrativo, para lo cual un funcionario del Servicio de Administración Tributaria se presenta en el domicilio del contribuyente y le hace entrega del documento.
Es aplicable cuando deban notificarse citatorios, requerimientos, solicitudes de informes o documentos y de actos administrativos que puedan ser recurridos.

*Notificación a través del Buzón Tributario.- Avisa a los interesados el contenido de una resolución administrativa a través del Buzón Tributario, siguiendo las formalidades legales preestablecidas.

*Notificación por estrados.- Es cuando la autoridad notifica el contenido de una resolución administrativa a través de la publicación en la página de internet del SAT o en el lugar abierto al público en sus oficinas.
Procede cuando no se te localiza en el domicilio fiscal que señalaste, se ignora tu domicilio o el de tu representante legal, desaparezcas o desocupes tu domicilio fiscal sin presentar el aviso de cambio correspondiente, o te opongas a la diligencia de notificación.


*Notificación por edictos.- Ocurre cuando la autoridad da a conocer el contenido de una resolución administrativa por medio de: el Diario Oficial de la Federación, la página electrónica de internet del SAT, un periódico de gran circulación. Procede cuando la persona a quien debe notificarse el acto hubiera fallecido y no se conozca al representante de la sucesión.
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